Presentación del señor Canciller ante la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso de la República

Discurso

29 de setiembre de 2021 - 11:16 a. m.

Señor congresista Ernesto Bustamante Donayre, presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso de la República,

Señores congresistas miembros de la Comisión de Relaciones Exteriores,

En esta tercera invitación en un mes, quisiera empezar reafirmando mi plena disposición de coadyuvar con la labor de esta Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso.

En esta ocasión, brindaré respuesta a las tres cuestiones que me fueron planteadas a través de una comunicación del pasado 22 de septiembre de 2021, la primera de las cuales está relacionada con mi previa presentación.

I) Interrogantes adicionales sobre el restablecimiento de las relaciones diplomáticas con la RASD.

En complemento a las consideraciones puntuales que presenté ante ustedes el pasado 13 de septiembre, que tuvieron como base el pleno respeto al derecho internacional, el principio de la libre determinación de los pueblos y la prohibición de la adquisición territorial por la fuerza, inicio esta intervención manifestándoles que la política exterior se diseña en función del posicionamiento y la proyección internacional del Perú.

En ese sentido, el Perú es una potencia mediana, de renta media -marcada por la constante geográfica que lo caracteriza como un país marítimo, andino, amazónico, con presencia en la Cuenca del Pacífico y en la Antártida y con proyección geopolítica bioceánica-; y que, sin embargo, no es una potencia política, militar, económica ni comercial, y no controla recursos de alto valor estratégico, ni tiene una ubicación geográfica de gran relevancia en la escena global.

En tales condiciones, el Perú sólo puede defender sus intereses a partir de una política de principios, que lo sitúe al abrigo de los juegos de poder de las grandes potencias mundiales -incluyendo a los miembros permanentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

Esa política se refleja, como lo he dicho, en la defensa del estricto apego al derecho internacional y en el presente caso al derecho a la libre determinación de los pueblos que, por cierto, el Perú ha proclamado -a lo largo de la historia- desde su nacimiento como Estado independiente.

Ahora bien, ese derecho no se agota en proclamaciones, sino que constituye una norma imperativa de derecho internacional general, una verdadera obligación internacional del Estado peruano que, por su naturaleza, no admite pacto en contrario y cuya vulneración entraña responsabilidad internacional.

Recordemos que el Perú -además de Estado fundador de la Organización de las Naciones Unidas- es signatario del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), cuyo artículo 1 común -párrafo 1- señala:

“Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural.”

En segundo lugar, el Perú condena la adquisición territorial por la fuerza, la que es contraria a los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas. Dicha posición, en definitiva, forma parte de los ejes de la política exterior peruana.

En ese escenario, quisiera igualmente recordar cuál es el estatus de la República Árabe Saharaui Democrática (RASD) y de su territorio.

El Sahara Occidental fue un territorio no autónomo bajo la administración de España desde fines del siglo XIX.

En 1973, se constituyó el Frente Polisario, movimiento de liberación nacional que reivindica el ejercicio del derecho a la libre determinación por parte del pueblo saharaui y el establecimiento de un Estado saharaui independiente.

En 1975, ante la solicitud planteada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, la Corte Internacional de Justicia emitió una Opinión Consultiva señalando fundamentalmente que, con anterioridad a la colonización española, el Sahara Occidental no era “terra nullius” (tierra de nadie), en tanto las propias normas que emitió España para justificar el inicio de su presencia en ese territorio aluden a acuerdos con los jefes locales. A su vez, la Corte destacó que, si bien existían vínculos jurídicos de ciertas poblaciones del Sahara Occidental antes del inicio de la colonización española con el Sultán de Marruecos, no se acreditaba que hubiese habido soberanía sobre tal territorio de manera previa a la presencia de España en el mismo.

En efecto:

“(…) la Corte llegó a la conclusión de que los elementos e informaciones puestos a su disposición no demostraban la existencia de ningún vínculo de soberanía territorial entre el territorio del Sahara Occidental, por una parte, y el Reino de Marruecos o el complejo mauritano, por la otra. Por lo tanto, la Corte no comprobó que existieran vínculos jurídicos capaces de modificar la aplicación de la resolución 1514 (XV) en lo que se refiere a la descolonización del Sahara Occidental y, en particular, a la aplicación del principio de la libre determinación mediante la expresión libre y auténtica de la voluntad de las poblaciones del territorio.”

En buena cuenta, la Corte Internacional de Justicia concluyó que Marruecos no tiene ningún título sobre dicho territorio. En consecuencia, a la fecha, el Sahara Occidental sigue siendo un territorio no autónomo, que no pertenece a Marruecos.

Señoras y señores congresistas,

El pueblo saharaui, representado por el Frente Polisario, por sucesivas circunstancias se ve cada vez más restringido para expresar sus derechos, en manifiesta violación del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario. Por ello, afirmar que la RASD carece de derechos no se sostiene en nuestra política exterior bicentenaria.

Como lo he dicho, el Frente Polisario es un movimiento de liberación nacional que es sujeto de derecho internacional y que reivindica el ejercicio del derecho a la libre determinación del pueblo saharaui y el establecimiento de un Estado saharaui independiente. Todo ello, además de administrar el gobierno de la República Árabe Saharaui Democrática.

Es más, el Frente Polisario es el representante legítimo del pueblo saharaui ante las Naciones Unidas y es con quien el Reino de Marruecos se ha sentado a negociar, desde hace casi 30 años.

Desde la perspectiva de la ONU, a partir del 6 de septiembre de 1991 -en el marco del Plan de paz de las Naciones Unidas- se contempla entre otras cosas la celebración de un referéndum bajo supervisión de la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sahara Occidental (MINURSO), cuyo mandato viene siendo renovado sucesivamente desde entonces por el Consejo de Seguridad.

Dicho plebiscito sin embargo aún no se ha realizado.

Por todo ello, junto a los principios de buenas relaciones entre los Estados, y nuestra propia historia -porque fuimos también víctimas del colonialismo y de ocupación extranjera- el Perú no puede apoyar la adquisición territorial por la fuerza ni que se frustre el derecho a la autodeterminación de los pueblos, incluido el pueblo saharaui.

Hacerlo implicaría que por primera vez en 75 años la comunidad internacional acepte la expansión del territorio de un país por la fuerza militar, estableciendo un peligroso precedente.

Señoras y señores congresistas,

Se ha dicho que al restablecer las relaciones diplomáticas con la RASD nos hemos apartado de nuestra tradicional política exterior. En realidad, la decisión que se aparta de la tradicional diplomacia peruana fue la de 1996, cuando se suspendieron las relaciones diplomáticas. Como lo mencioné, las decisiones de los gobiernos demócratas tanto de Fernando Belaúnde Terry, quien decidió primero reconocer a la RASD en 1984 -conforme a su política exterior caracterizada por su solidaridad hacia las aspiraciones y demandas del Tercer Mundo-, como posteriormente de Alan García Pérez, en 1987, de establecer relaciones diplomáticas, reflejan correctamente los valores y principios de nuestra política exterior.

Similar posición, en apoyo a la libre determinación de los pueblos, adoptó el Perú frente al surgimiento de Estados que ahora son plenamente reconocidos por la comunidad internacional, tales como Timor Oriental y Sudán del Sur. Lo mismo ha venido ocurriendo en cuanto a Kosovo y el Estado de Palestina, que fueron reconocidos por el Perú en 2008 y 2011, respectivamente.

Se ha dicho igualmente que la decisión va a contracorriente, porque en la actualidad solo 20 países reconocen a la RASD, y solo posee 40 mil habitantes, y que además “pretende anexar los territorios de Ceuta y Melilla”. Al respecto, debo manifestar que dicha información no es precisa. La RASD ha sido reconocida por 84 Estados y mantiene relaciones diplomáticas con 42 Estados, logrando establecer embajadas en 19 de ellos: Argelia, Angola, Costa Rica, Cuba, Ecuador, Ghana, Kenia, México, Mozambique, Nicaragua, Nigeria, Panamá, Sudáfrica, Tanzania, Timor Oriental, Uganda, Uruguay, Vanuatu y Venezuela. En cuento a la presunta pretensión de la RASD de anexar los territorios de Ceuta y Melilla, ello carece de fundamento, ya que dichos enclaves forman parte integrante del territorio español, y se encuentran ubicados en la costa mediterránea sin relación con el Sahara Occidental.

Acerca de la pregunta según la cual la República Saharaui no reuniría las condiciones para la definición de Estados, debo recordar que según el artículo 1 de la Convención de Montevideo sobre Deberes y Derechos de los Estados, el Estado como sujeto de Derecho Internacional debe reunir los siguientes requisitos: población permanente, territorio determinado (no necesariamente delimitado), gobierno y capacidad de entrar en relaciones con los demás Estados. Asimismo, cabe recordar que el reconocimiento de un Estado no es revocable.

La RASD es un Estado porque cuenta con los elementos para ser considerado como tal, de acuerdo al derecho internacional. Tiene un territorio de 266.000 km2, aunque el 75% del mismo se encuentra bajo ocupación marroquí. Su población está compuesta por los residentes en su territorio y aquellos que se encuentran en los campos de refugiados, ubicados en Argelia. En la actualidad, su población es de 584,746, según The World Population Prospects. Además, tiene un gobierno en el exilio en Argelia que está representado por el Frente Polisario. Finalmente, la RASD es un Estado soberano porque ejerce el control sobre su territorio no ocupado y su población, y tiene la capacidad de establecer relaciones diplomáticas con otros Estados (actualmente con 42 Estados).

En cuanto al hecho de que las Naciones Unidas no haya reconocido a la RASD, cabe señalar que la ONU es una organización internacional que no “reconoce” (entre comillas) a los Estados, sino que los admite (o no) según la voluntad de sus Estados Miembros. Dado que -como ya lo he expresado- el referéndum de autodeterminación aún no se ha llevado a cabo, la admisión de la RASD como Estado miembro todavía está pendiente, al igual -por cierto- que el caso de Kosovo, mientras que el Estado de Palestina es un Estado Observador. Por ello, para las Naciones Unidas, el territorio saharaui sigue siendo un territorio no autónomo a la espera de la realización del referéndum de autodeterminación a cargo de la MINURSO.

Acerca de que la RASD no sería miembro de la Unión Africana, debo manifestar que ello es inexacto. Su admisión en la actual Unión Africana, se llevó a cabo en 1982 cuando la RASD ingresa como miembro a la entonces Organización para la Unidad Africana (OUA), que luego -en 2002- se transformaría en la actual Unión Africana, con sede en Adís Abeba, Etiopía.

Se ha manifestado igualmente que la RASD habría sido calificada como organización terrorista. Sobre el particular, no hay nada que vincule a la RASD con el terrorismo internacional. La ONU no tiene una lista de organizaciones terroristas per se, y la RASD no está incluida en la lista de entidades bajo el régimen de sanciones del Consejo de Seguridad de la ONU relativo a Al Qaida y asociados, ni al Estado Islámico del Iraq y el Levante (ISIL/Dáesh). Cabe resaltar que la RASD tampoco se encuentra en ninguna lista de organizaciones terroristas de la Unión Europea (ni de los EEUU).

Otra de las preguntas fue relativa a la entrada y salida del Perú del señor Mohamed Salem Ould Salek, quien ingresó a territorio peruano proveniente de España el 19 de agosto de 2021, con el pasaporte oficial argelino N° 190504089, y luego partió hacia Bolivia el 11 de setiembre, para retornar al Perú entre el 16 y el 20 del mismo mes.

El uso de un documento de viaje emitido por Argelia no es un indicio de tener la nacionalidad de dicho país. Por el contrario, responde a una atribución del gobierno argelino - en respeto del Derecho Internacional Humanitario y los diversos acuerdos en materia de derechos humanos y del derecho de los refugiados- emitir tales documentos, a aquellas personas que, como los representantes del gobierno saharaui, se encuentran refugiados en su territorio.

Asimismo, teniendo en cuenta que tanto España – desde donde partió el señor Ould Salek- como el Perú, no mantenían relaciones diplomáticas con la RASD al momento de producirse el referido viaje, resultaba necesario para dicho traslado contar con un documento de viaje reconocido en los puntos de llegada y salida del pasajero. En suma, la posesión y uso por parte del señor Ould Salek de un pasaporte, u otro documento de viaje, emitido por las autoridades argelinas, corresponde con su situación actual como refugiado en ese país.

En cuanto a la autorización de ingreso al Perú del señor Ministro de Relaciones Exteriores de la República Árabe Saharaui, señor Salem Ould Salek, en abril de 2021, corresponde a la Superintendencia Nacional de Migraciones responder a las fechas de ingreso y salida, categoría migratoria, y documento de viaje presentado.

No obstante, si bien la práctica diplomática requiere de la coordinación previa a la visita oficial de una autoridad al Perú, es potestad del señor Presidente de la República atender las solicitudes de ciudadanos, tanto nacionales como extranjeros.

Adicionalmente, debe tenerse en consideración que el diálogo con representantes saharauis portadores de pasaportes de otro país no es nuevo: en el caso de la señora Jadiyetu El Mohtar Sidahmed, quien ingresó al Perú en calidad de turista el 10 de junio de 2017 con pasaporte español, ante las solicitudes de audiencia de la representante saharaui con el señor Presidente y el señor Ministro de Relaciones Exteriores, la Cancillería dispuso, como un gesto de apertura al diálogo, que fuese atendida por el Director General de África, Medio Oriente y Países del Golfo, el 25 de julio de 2017.

En conclusión, señoras y señores congresistas, por todas las razones expuestas y con base en nuestra propia historia, tomando en cuenta los principios y valores de nuestra política exterior, el Perú apoya sin restricciones y en forma permanente el derecho internacional, la libre determinación de los pueblos y la prohibición de la adquisición territorial por la fuerza; sin consideraciones ideológicas. En este caso concreto, ello se manifiesta en nuestro apoyo principista -interrumpido indebidamente entre 1997 y 2021- al ejercicio por parte del pueblo saharaui -representado por el Frente Polisario- del derecho a la libre determinación de los pueblos.

II) Circunstancias por las que el señor Presidente de la República ha sostenido en el extranjero una reunión reservada con el señor Nicolás Maduro

Para dar respuesta a esta pregunta es pertinente recordar primero que a raíz de la crisis venezolana la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC) ha tenido dificultades para realizar Cumbres presidenciales. En efecto, la anterior Cumbre de la CELAC se llevó a cabo en enero de 2017, en la República Dominicana, no habiéndose logrado el consenso necesario para realizar tales reuniones de jefes de Estado en 2018, 2019 ni 2020.

Asimismo, es relevante resaltar que la presencia de Nicolás Maduro en esta Cumbre de la CELAC en México no estaba prevista, pues la presidencia pro tempore había confirmado que la delegación venezolana estaría encabezada por su Vicepresidenta, señora Delcy Rodríguez. Por esta razón su participación inesperada suscitó reacciones de algunos de los Jefes de Estado presentes, como por ejemplo las de los presidentes de Paraguay y Uruguay, o el retiro de la delegación colombiana, encabezada por la Vicepresidenta y Canciller, señora Marta Lucía Ramírez.

Por ello, el presidente Pedro Castillo no tenía previsto reunirse con Nicolás Maduro, ni figuraba en su agenda.

Dicho lo anterior, este encuentro se produjo -teniendo en cuenta el principio de igualdad jurídica de los Estados, así como la Declaración de Principios Referentes a las Relaciones Amistosas y a la Cooperación entre los Estados (1970)- en los márgenes de la reunión plenaria de la VI Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la CELAC, que como todo espacio multilateral es el lugar propicio para generar no sólo reuniones bilaterales previamente coordinadas, sino también encuentros espontáneos que promueven intercambios de opiniones y negociaciones “de pasillo” (pull aside).

Cabe recordar igualmente que el presidente Castillo asistió a dicha Cumbre en respuesta a la invitación cursada por el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, a la que asistieron 17 Jefes de Estado y de Gobierno, de los 33 países miembros de la CELAC.

En efecto, el presidente Castillo sostuvo también reuniones bilaterales con el presidente de México, Andrés López Obrador; y el presidente de Bolivia, Luis Arce.

En el breve encuentro con Nicolás Maduro, en los márgenes de la plenaria de la Cumbre, en la que acompañé al Jefe de Estado, se abordó el retorno de migrantes venezolanos que se encuentran en el Perú, así como la posible compra, por parte de Venezuela, de productos peruanos.

III) Postura real y objetiva respecto de las relaciones de nuestro país con la República Bolivariana de Venezuela, considerando las versiones discordantes del PCM y del Viceministro de Relaciones Exteriores

1. El Perú no ha roto relaciones diplomáticas con la República Bolivariana de Venezuela. Las mismas se han mantenido durante los sucesivos Gobiernos del Perú. 

2. El Perú mantiene abiertos sus consulados generales en Caracas y en Puerto Ordaz. Venezuela, a su vez, conserva la sección consular de su Embajada en el Perú. Estas oficinas consulares atienden con normalidad a los interesados en sus respectivas jurisdicciones, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963.

3. El Grupo de Lima emitió su última declaración el 5 de enero del presente año. En ella señaló que los países firmantes, entre ellos el Perú, no reconocían la legitimidad ni la legalidad de la Asamblea Nacional instalada ese día. Tampoco al Gobierno del presidente Nicolás Maduro.

La Asamblea Nacional que presidía el señor Juan Guaidó, en cuya calidad fue investido como Presidente Encargado de Venezuela, fue electa democráticamente en el 2015 y culminó su mandato constitucional también el 5 de enero del presente año. Con ello se extinguió la presidencia encargada. 

El Perú no ha emitido declaración formal alguna desde esa fecha sobre el particular.

4. En dicha declaración, los países firmantes también reiteraron su “llamado a los actores locales e internacionales, de todas las tendencias ideológicas y afiliaciones partidarias, para que privilegien los intereses de Venezuela y se comprometan de manera urgente con un proceso de transición, definido e impulsado por los venezolanos, para encontrar una salida pacífica y constitucional que lleve al país a unas elecciones presidenciales y parlamentarias libres, justas y creíbles, lo más pronto posible.”


5. Dicho proceso se ha retomado con las negociaciones que los venezolanos iniciaron formalmente en México el pasado 13 de agosto. En esa oportunidad, el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y la Plataforma Unitaria de Venezuela suscribieron un memorándum de entendimiento en el que acuerdan llevar a cabo un proceso de diálogo y negociación integral e incremental cuya agenda es la siguiente:


1. Derechos políticos para todos.
2. Garantías electorales para todos. Cronograma electoral para elecciones observables.
3. Levantamiento de las sanciones. Restauración de derecho a activos.
4. Respeto al Estado Constitucional de Derecho.
5. Convivencia política y social. Renuncia a la violencia. Reparación de las víctimas de la violencia.
6. Protección de la economía nacional y medidas de protección social al pueblo venezolano.
7. Garantías de implementación, seguimiento y verificación de lo acordado.

El acuerdo tiene como objetivo “una negociación intensa, integral, incremental y pacífica, para establecer reglas claras de convivencia política y social con respeto absoluto a la Constitución nacional”. Las partes han acordado que la negociación se dará bajo el principio de que nada está acordado hasta que todo lo esté. 

Actúa como facilitador el Reino de Noruega y como acompañantes el Reino de los Países Bajos y la Federación de Rusia. 

6. Estas negociaciones implican que ambas partes aceptan la existencia de una crisis que debe ser resuelta políticamente por el Gobierno y la oposición de Venezuela, para lo cual se brindan recíprocamente el reconocimiento y trato de Gobierno y oposición, respectivamente. 

7. El Perú respaldó inmediatamente estos avances a través del comunicado oficial del 14 de agosto de 2021 emitido en la gestión de mi antecesor. En él señaló que el memorando de entendimiento “marca el inicio del diálogo y las negociaciones entre ambas (partes) con la finalidad de obtener un acuerdo integral y constitucional que permita la normalización de la vida democrática a través de la convocatoria a elecciones justas, libres y democráticas, y el término de las sanciones económicas que afectan al pueblo venezolano”.

Ese comunicado destacó también que “La política exterior del Perú frente a la situación en Venezuela se seguirá guiando por la aplicación de las normas del derecho internacional, los compromisos adquiridos en la región en el marco de la Carta Democrática Interamericana y el respeto a los derechos humanos, propiciando y respaldando todas las acciones internacionales que puedan coadyuvar al esfuerzo de los venezolanos, en este caso el gobierno y la Plataforma Unitaria de la Oposición Venezolana, para encontrar una solución en beneficio de su pueblo”.

8. La Plataforma Unitaria de Venezuela ha decidido participar en el proceso electoral del 21 de noviembre de 2021 para elegir autoridades regionales y municipales, con la tarjeta de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD).  Con esta decisión da un paso muy importante hacia una solución integral de la crisis, en diálogo con el Gobierno. 

La primera ronda de las negociaciones instaladas el 13 de agosto se produjo entre el 3 y el 6 del presente mes. Concluyó con la adopción de dos acuerdos. El primero sobre la ratificación y defensa de la soberanía de Venezuela sobre la Guayana Esequiba. El segundo es un “acuerdo parcial para la protección social del pueblo venezolano”.  

Asimismo, ayer ha culminado una nueva ronda de negociaciones, que se inició el 25 del presente mes. 

A través de un comunicado difundido desde la Ciudad de México las partes han informado a la opinión pública que “comenzaron la discusión sobre importantes puntos de la agenda acordada” y que “los diversos grupos de trabajo sostuvieron reuniones conjuntas donde se acercaron posiciones en la búsqueda de soluciones a los desafíos en materia social, económica y política”.

El comunicado señala también que las delegaciones del gobierno y de la oposición han continuado con la “identificación de mecanismos de consulta con actores políticos y sociales que sean lo más incluyentes posible”, ello con el objetivo compartido de constituir “un eficiente mecanismo de consulta y participación”.

10. La comunidad internacional comprometida con la democracia ha coincidido en un apoyo decidido a este proceso de negociación porque el mismo constituye la única forma de lograr una salida pacífica y democrática a la crisis venezolana. Incluso, con el fin de colaborar con el proceso, el Perú se ha ofrecido como sede alterna para estas negociaciones

Por ello el Perú, junto con la comunidad internacional interesada en la democracia, apoya al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y a la Plataforma Unitaria de Venezuela y reconoce el esfuerzo de diálogo que vienen desplegando con el apoyo del Reino de Noruega, y el acompañamiento de la Federación de Rusia y el Reino de los Países Bajos.

11. En este contexto, el Gobierno del Perú ha retomado los contactos con el Gobierno del presidente Nicolás Maduro para intensificar la cooperación consular que permita atender en mejores condiciones a nuestros connacionales residentes en ese país, facilitar el retorno de ciudadanos venezolanos y gestionar una regularización migratoria segura que evite que se acojan a ella personas con antecedentes. 

En estos contactos el Perú ha insistido en su apoyo a las negociaciones que se llevan a cabo en México y ha ofrecido su ayuda para que estas prosperen.

12. El Gobierno del Perú evalúa los pasos diplomáticos graduales, progresivos y constructivos que se pueden adoptar en el futuro próximo en función de la evolución del proceso venezolano y del interés nacional, concordantes con la posición expuesta en la CELAC  por el presidente Castillo, en  su condición constitucional de conductor de la  política exterior, según la cual se mantendrán relaciones con todos los países del continente.

13. Con respecto al Grupo de Lima, debo insistir en que no es una organización internacional ni está sujeto a formalidades o procedimientos. Se trata de un mecanismo de consultas y concertación que se constituyó para favorecer una solución pacífica a la situación venezolana.

14. Esta búsqueda de una solución pacífica es el objetivo permanente de nuestra política exterior. En esa perspectiva, estamos convencido que la negociación en curso constituye el único camino para alcanzar ese objetivo, porque es un proceso conducido por los propios venezolanos, quienes han definido sus características, alcances y metas, de manera autónoma y soberana. Por tal razón, el Grupo de Lima no se ha vuelto a pronunciar desde enero pasado, en tanto su última reunión ministerial fue en octubre del 2020.

15. Estamos, evidentemente, frente a una nueva realidad, pero con el mismo objetivo. Por eso, la prioridad actual es apoyar la negociación en curso, buscando una amplia convergencia internacional para alentar que alcance resultados, más allá de agruparse o pronunciarse en lemas o facciones.

16. Debo señalar también que la comunidad internacional -como lo he podido contrastar en las recientes participaciones del presidente Castillo en la OEA y en las Naciones Unidas- valora positivamente la moderación y el profesionalismo que el Perú ha mantenido respecto de este tema, así como su permanente disposición para favorecer el diálogo con todos los actores e iniciativas. Ello constituye un reconocimiento al país, a sus credenciales democráticas y a la circunstancia de que somos el segundo mayor receptor de la diáspora venezolana y el primero entre aquellos que no comparten frontera con Venezuela. 

17. La posición del Gobierno del Perú frente a la crisis venezolana se guía por las normas del Derecho Internacional, la Carta Democrática Interamericana y el respeto a los derechos humanos. Venezuela es un país hermano. Atraviesa por una situación compleja que afecta a su pueblo y que ha generado las consecuencias en la región que la honorable representación nacional conoce, especialmente en nuestro país que ha recibido con generosidad a más de un millón de ciudadanos venezolanos. Por ello interesa a la región y al Perú favorecer una solución pacífica, democrática y realista a esta situación. 

Los invito a que sumemos esfuerzos, de manera solidaria y comprometida, en la tarea de apoyar al hermano pueblo de Venezuela en el esfuerzo que realiza para resolver sus problemas. Corresponde al Gobierno venezolano y a la oposición decidir, a través del diálogo y la concertación, el futuro de ese hermano país. A nosotros apoyarlos en las decisiones que adopten para asegurar el futuro de su democracia.

Muchas gracias.