Resolución Directoral Regional N.° 167-2026-GRSM/DRASAM
28 de mayo de 2026
ARTÍCULO PRIMERO. – DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud interpuesta por el señor JEFERSON SANGAMA PILCO, alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado de Yarina, toda vez que la Dirección Regional de Agricultura de San Martín carece de competencia para declarar la nulidad de actos notariales y registrales emitidos por entidades ajenas a su ámbito funcional, además que la facultad administrativa para declarar la nulidad de oficio se encuentra prescrita.
ARTÍCULO SEGUNDO. – DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA y a su vez declarar consentida, conforme a lo previsto por el TUO de la Ley N° 27444.
