Resolución Directoral Regional N.° 151-2026-GRSM/DRASAM

5 de mayo de 2026

ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR E OFICIO LA PRESCRIPCIÓN de la facultad sancionadora de la Dirección Regional de Agricultura San Martín, para accionar respecto de los hechos materia del presente procedimiento administrativo disciplinario, relacionado con la presunta demora injustificada en la atención de la solicitud formal de copias fedateadas presentada con fecha 06 de marzo de 2024 por Sara Liz Rodríguez Tuesta, y que comprometen la actuación funcional del servidor público Segundo Fidel Alarcón León, en su condición de Responsable de Archivo Exclusivo de la propiedad Rural Sede – Tarapoto de la Dirección de Titulación, Reversión de Tierras y Catastro Rural, conforme a los fundamentos expuestos en el Informe de Secretaría Técnica y actuados que forman parte integrante e la presente resolución; ello de conformidad con lo previsto en el artículo 94 de la Ley N° 30057 – Ley del Servicio Civil, concordante con el artículo 97 de su Reglamento General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-CPM, la Directiva N° 02-2015-SERVIR/GPGSC y los precedentes de observancia obligatoria establecidos en la Resolución de Sala Plena N° 001-2026-SERVIR/TSC.

ARTÍCULO SEGUNDO. – DISPONER, a la Secretaria Técnica de Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Dirección Regional de Agricultura San Martin, que proceda de acuerdo a sus funciones y competencias, en realizar las acciones administrativas correspondientes para el deslingue de responsabilidades administrativa de los funcionarios y/o ex funcionarios que permitieron la prescripción de la acción administrativa.

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RDR 151-2026

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