Resolución Gerencial Regional N.° 273-2026-GRSFLPRE
5 de agosto de 2026
ARTICULO PRIMERO: DECLARAR LA PREVALENCIA DE LA INFORMACION CATASTRAL del predio identificado con Código de Referencia Catastral N° 7_5359435_019991, Unidad catastral N° 019991, ubicado en el sector Cieneguillo Sur, distrito, provincia y departamento de Piura, la modificación del área, linderos y medidas perimétricas en la partida Registral N° 11109630 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Piura., conforme a la información del Certificado de Información Catastral, tal y como se desarrolla en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO: DISPONER como parte del saneamiento físico legal del predio con Código de Referencia Catastral N° 7_5359435_019991, Unidad catastral N° 019991, ubicado en el sector Cieneguillo Sur, distrito, provincia y departamento de Piura, las acciones para su inscripción registral, conforme a la información del certificado catastral,
ARTICULO TERCERO: DECLARAR que las modificaciones dispuestas de área, linderos y medidas perimétricas del predio prevaleciente son gráficas y no físicas por consiguiente NO PRODUCEN AFECTACIÓN DE DERECHOS DE TERCEROS, tal y como se desarrolla en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO: DISPONER como parte del saneamiento físico legal del predio con Código de Referencia Catastral N° 7_5359435_019991, Unidad catastral N° 019991, ubicado en el sector Cieneguillo Sur, distrito, provincia y departamento de Piura, las acciones para su inscripción registral, conforme a la información del certificado catastral,
ARTICULO TERCERO: DECLARAR que las modificaciones dispuestas de área, linderos y medidas perimétricas del predio prevaleciente son gráficas y no físicas por consiguiente NO PRODUCEN AFECTACIÓN DE DERECHOS DE TERCEROS, tal y como se desarrolla en la parte considerativa de la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Gerencia Regional de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural y Estatal - PRORURAL
