Resolución Gerencial General Regional N.° 369-2026-GR.LAM/GGR

APROBAR LA PRESTACIÓN ADICIONAL DE OBRA N° 09 AL CONTRATO DE OBRA N° 000004-2025-GR.LAMB/ORAD [4247444 - 251], para la CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL

31 de agosto de 2026

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.– APROBAR LA PRESTACIÓN ADICIONAL DE OBRA N° 09 AL CONTRATO DE OBRA N° 000004-2025-GR.LAMB/ORAD [4247444 - 251], para la CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL NIVEL PRIMARIO DE LA I.E N° 11019 "SEÑOR DE LA DIVINA MISERICORDIA" DE LA LOCALIDAD ZAMORA DEL DISTRITO DE CHICLAYO - PROVINCIA DE CHICLAYO - DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE, CON CUI 2495402, El adicional solicitado asciende a S/ 23,142.56 (VEINTITRÉS MIL CIENTO CUARENTA Y DOS CON 56/100 SOLES) que incluye todos los impuestos de Ley, el cual representa una incidencia neta del 0.43% del monto original del contrato y una incidencia acumulada que asciende al 7.10%, conforme se señala en los informes técnicos adjuntados, teniendo en cuenta la aprobación de las Prestaciones Adicionales de Obra antes aprobadas, lo cual está dentro de las disposiciones del artículo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aplicable.
ARTÍCULO SEGUNDO.- PRECISAR que el egreso que origine la aprobación de la Prestación Adicional de Obra N° 09 se encuentra coberturado con la Certificación de Crédito Presupuestario N° 3919-2026, por el importe total de S/ 25,037.88 (Veinticinco Mil Treinta y Siete con 88/100 Soles), correspondiente a la Meta 027, Clasificador 2.6.22.22, según el Oficio N° 002121-2026-GR.LAMB/GRPPM-SGP [4247444-432], de fecha 16 de julio de 2026, emitido por la Subgerencia de Presupuesto.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que el Contratista amplíe el monto de la garantía de fiel cumplimiento, debiendo entregar la actualización del valor de la garantía correspondiente en el plazo máximo de ocho (8) días hábiles de ordenada la prestación adicional, conforme al numeral 205.15 del artículo 205º del Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, en mérito a la aprobación de la prestación Adicional de Obra N° 09; y, a la actualización del monto contractual, según corresponda.
ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFICAR a la empresa contratista y a la empresa supervisora, a la Gerencia Regional de infraestructura y demás órganos intervinientes.
ARTÍCULO QUINTO.- EXHORTAR a la Gerencia Regional de Infraestructura y sus unidades orgánicas cumplir con el procedimiento y plazos establecidos en el numeral 205.6 del artículo 205° del Reglamento; y, DISPONER que la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional Lambayeque adopte las acciones pertinentes que el caso amerite.
ARTÍCULO SEXTO.- PRECISAR que el presente documento no convalida acciones que se encuentren restringidas o fuera del marco de la Ley. ARTÍCULO SÉPTIMO.- DIFUNDIR la presente resolución a través del Portal Electrónico Institucional del Gobierno Regional Lambayeque y en el Portal del Estado Peruano, en cumplimiento de lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS.
Vista preliminar de documento RGGR 369-2026

RGGR 369-2026

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