Resolución Directoral Regional N.° 263-2026-GORE APURIMAC/DRA
RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL N°263-2026-GORE APURIMAC/DRA
29 de setiembre de 2026
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. – APROBAR, el acto de disposición final mediante la modalidad de compraventa por subasta pública presencial de 120 bienes muebles en estado de chatarra, agrupados en 38 lotes, con valor de tasación final total de S/ 57,024.00; detallados en el Anexo 1: "Relación de lotes de bienes muebles para subasta pública", que forma parte integrante de la presente resolución que corresponde a 18 bienes dados de baja en estado de chatarra y 102 bienes declarados como bienes muebles sobrantes en estado de chatarra, aprobado y autorizado para disposición según Resolución Directoral Regional N° 031-2026-GORE APURIMAC/DRA, actualizado con Resolución Directoral Regional N° 234-2026-GORE APURIMAC/DRA, y conforme el Acuerdo de Consejo Regional N° 038-2026-GR.APURIMAC/CR, y de conformidad con los artículos 61, 66 y 68 de la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01 y modificatorias;
ARTÍCULO PRIMERO. – APROBAR, el acto de disposición final mediante la modalidad de compraventa por subasta pública presencial de 120 bienes muebles en estado de chatarra, agrupados en 38 lotes, con valor de tasación final total de S/ 57,024.00; detallados en el Anexo 1: "Relación de lotes de bienes muebles para subasta pública", que forma parte integrante de la presente resolución que corresponde a 18 bienes dados de baja en estado de chatarra y 102 bienes declarados como bienes muebles sobrantes en estado de chatarra, aprobado y autorizado para disposición según Resolución Directoral Regional N° 031-2026-GORE APURIMAC/DRA, actualizado con Resolución Directoral Regional N° 234-2026-GORE APURIMAC/DRA, y conforme el Acuerdo de Consejo Regional N° 038-2026-GR.APURIMAC/CR, y de conformidad con los artículos 61, 66 y 68 de la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01 y modificatorias;
ARTÍCULO SEGUNDO. – DISPONER que la compraventa por subasta pública presencial de los bienes muebles registrables en estado de chatarra, se realice sin derecho a inscripción registral de propiedad vehicular, ni cambio de titularidad a favor del adjudicatario ante el Registro de Propiedad Vehicular de la SUNARP, en estricto cumplimiento del numeral 60.4 del artículo 60 y artículo 76 de la Directiva N° 0006 2021-EF/54.01 y sus modificatorias.
ARTÍCULO TERCERO. – APROBAR, las bases para Subasta Pública Presencial N° 0001-2026-Gobierno Regional de Apurímac y cronograma oficial de actividades, para la venta por subasta pública presencial de ciento veinte (120) bienes muebles patrimoniales, agrupados en 38 lotes, con valor de tasación final total de S/ 57,024.00 (Cincuenta y siete mil veinticuatro con 00/100 soles), detallados en el Anexo 1: "Relación de lotes de bienes muebles para subasta pública", que forma parte integrante de las bases.
ARTÍCULO CUARTO. – DESIGNAR, a los integrantes de la Mesa Directiva, quienes dirigirán el acto público de la compraventa por Subasta Publica Presencial N° 0001-2026-Gobierno Regional de Apurímac, de ciento veinte (120) bienes muebles en condición de estado de chatarra; velando por el normal desarrollo del acto público y resolviendo las cuestiones que pudiesen presentarse durante las actividades establecidas en las bases de la subasta pública, así como suscribir el acta de subasta pública, en aplicación de los numerales 69.1 y 69.2 de la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01 y sus modificatorias; la misma que estará integrada por:
ARTÍCULO CUARTO. – DESIGNAR, a los integrantes de la Mesa Directiva, quienes dirigirán el acto público de la compraventa por Subasta Publica Presencial N° 0001-2026-Gobierno Regional de Apurímac, de ciento veinte (120) bienes muebles en condición de estado de chatarra; velando por el normal desarrollo del acto público y resolviendo las cuestiones que pudiesen presentarse durante las actividades establecidas en las bases de la subasta pública, así como suscribir el acta de subasta pública, en aplicación de los numerales 69.1 y 69.2 de la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01 y sus modificatorias; la misma que estará integrada por:
- CPC. Julio Cesar Lora Cruz – Presidente
Responsable de Unidad Funcional de Control Patrimonial - CPC Dember Orosco Alarcón - Miembro
Jefe de la Oficina Contabilidad - Lic. Adm Nilton Chipana Huallpa - Miembro
Jefe de la Oficina de Tesorería
ARTÍCULO QUINTO. – ENCARGAR, a la Unidad Funcional de Control Patrimonial, para realizar las acciones administrativas pertinentes que permitan la publicación de la convocatoria de la compraventa por subasta pública presencial de ciento veinte (120) bienes muebles, en condición de estado de chatarra, agrupados en 38 lotes, con una anticipación mínima de cinco (05) días hábiles a la fecha del acto de la subasta pública, por única vez en el Diario Oficial El Peruano, conforme a lo previsto en el numeral 73.3 del artículo 73 de la Directiva N° 0006 2021-EF/54.01 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO. - DISPONER que la Unidad Funcional de Control Patrimonial del Gobierno Regional de Apurímac, elabore y suscriba el acta de entrega - recepción de los ciento veinte (120) bienes muebles, agrupados en 38 lotes, descritos en el Anexo 1: "Relación de lotes de bienes muebles para subasta pública", a favor del o los adjudicatarios de los lotes en la subasta pública presencial.
ARTÍCULO SEPTIMO. - DISPONER que la Unidad Funcional de Control Patrimonial del Gobierno Regional de Apurímac, realice las acciones correspondientes para efectuar el registro del número de la presente resolución en el aplicativo Módulo Muebles SINABIP, SIGA MODULO PATRIMONIO en un plazo de diez (10) días de culminado el procedimiento.
ARTÍCULO OCTAVO. - NOTIFICAR la presente Resolución a la Dirección General de Abastecimiento (DGA) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a la Unidad Funcional de Control Patrimonial, Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, Oficina de Contabilidad, Oficina de Tesorería, Sub-Gerencia de Desarrollo Institucional Estadística e Informática, Gerencia Regional de Infraestructura, a los miembros de la Mesa Directiva, y al Órgano de Control Interno del Gobierno Regional de Apurímac; para los fines pertinentes.
