Resolución Directoral N.° 00439-2026-PRODUCE/DS-PA
20 de marzo de 2026
DECLARAR PROCEDENTE la solicitud de aplicación de la Retroactividad Benigna como excepción al Principio de Irretroactividad previsto en el numeral 5) del artículo 248°del TUO de la LPAG, presentada por PESQUERA KATRINA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PESQUERA CATRINA S.A.C. con R.U.C. N° 20508555629, mediante el escrito de Registro N° 00019211-2026, respecto a la sanción impuesta a través de la Resolución Directoral N° 2564-2008-PRODUCE/DIGSECOVI
