Suspensión de la actividad extractiva del recurso anchoveta
Pronunciamiento
19 de abril de 2026
COMUNICADO N° 005-2026-PRODUCE/DGSFS-PA-SP
La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, teniendo en cuenta la información remitida a través de la bitácora electrónica por los capitanes de las embarcaciones pesqueras que efectúan actividad extractiva del recurso anchoveta, en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 024-2016-PRODUCE, comunica la siguiente medida de excepción:
DISPONER LA SUSPENSIÓN PREVENTIVA DE LA ACTIVIDAD EXTRACTIVA del recurso anchoveta por el plazo de cinco (05) días calendario, a partir de las 22:00 horas del 19 de abril de 2026 hasta las 22:00 horas del 24 de abril de 2026, en las zonas de pesca que se indica a continuación:
- Entre los 07°31'S a 07°55'S y de 79°25'W a 79°58'W del dominio marítimo (frente a Puerto Malabrigo – La Libertad).
- Entre los 13°20'S a 13°46'S y de 76°16'W a 76°40'W del dominio marítimo (frente a Chincha – Ica).
Asimismo, recordar a todos los actores pesqueros y ciudadanía en general que, a partir de la entrada en vigencia de la suspensión preventiva, las embarcaciones pesqueras que vienen realizando actividades extractivas en el marco de la Resolución Ministerial N° 000085-2026-PRODUCE, quedan prohibidas de realizar extracción de recursos hidrobiológicos o presentar velocidades de pesca en la(s) zona(s) suspendida(s), bajo apercibimiento de aplicarse las medidas sancionadoras y/o correctivas previstas en nuestro ordenamiento pesquero.
