Resolución Directoral N.° 088-2026-VIVIENDA/VMCS/PNSU/DE
6 de mayo de 2026
Artículo 1.- Aprobar la Liquidación Final de Oficio del Convenio N° 1238-2015/ VIVIENDA/VMCS/PNSU-NE en la Unidad Productora UP N° 29 Collona de Tallurán, Anexo La Libertad, cuyo costo total del Proyecto Liquidado asciende a S/ 2 081 561.91 (Dos millones ochenta y un mil quinientos sesenta y uno con 91/100 Soles), conforme al detalle descrito en el Formato N° 46, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Notificar una copia autenticada por fedatario de la Ficha de Aprobación de la Liquidación del Convenio N° 1238-2015/VIVIENDA/VMCS/PNSU-NE, de la presente Resolución y su anexo a la Subunidad de Proyectos Especiales de la Unidad de Proyectos, a la Unidad de Administración y a la Subunidad de Contabilidad, dentro de los (5) días calendarios a partir de su expedición, para su registro y/o baja contable, dentro del mismo plazo y para las acciones conducentes al cumplimiento de la normativa que resulte aplicable para la culminación de la liquidación técnico financiera del precitado proyecto, en lo que corresponda a sus respectivas competencias.
Artículo 3.- Precisar que la presente Resolución se expide a mérito de los documentos técnicos de sustento de la Liquidación de Oficio emitidos por la Unidad de Proyectos, en el Memorando N° 1625-2026/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UP y el Memorando N° 0343-2026/ VIVIENDA/VMCS/PNSU/UP elaborados por la Responsable de la Unidad de Proyectos, el Informe N° 620 2026/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UP/SUPE, el Informe N° 144-2026/VIVIENDA/ VMCS/PNSU/UP/SUPE, el Informe N° 043-2026/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UP/SUPE, el Memorando N° 120-2025-VIVIENDA/VMCS/PNSU/UP/SUPE, el Informe Técnico N° 106-2025/VMCS/PNSU/UP-ssilupu, el Informe N° 070-2026/VMCS/PNSU/UP/SUPE-mvigo y el Informe N° 010-2026/VMCS/PNSU/UP/SUPE-mvigo, elaborados por la Coordinación de la Subunidad de Proyectos Especiales; e, Informe N° 093-2025/VMCS/PNSU/ UP/SUPE-ctejada del Responsable de Liquidaciones de Proyectos de la Oficina Regional de Huarmaca, por lo cual, la liquidación aprobada en el artículo primero precedente, es de responsabilidad
exclusiva de la referida Unidad.
Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Proyectos, se encargue de insertar copia de la presente Resolución y su anexo, en el expediente del Convenio N° 1238-2015/VIVIENDA/ VMCS/PNSU-NE.
Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Administración gestione la publicación de la presente Resolución y su anexo, dentro del plazo de diez (10) días posteriores a su emisión, en el portal electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, conforme a lo dispuesto en el numeral 13.3 del artículo 13 de las Normas Reglamentarias para la implementación de lo dispuesto en la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, aprobadas por el Decreto Supremo N° 015-2014-VIVIENDA; así como en el portal electrónico del PNSU.
Artículo 2.- Notificar una copia autenticada por fedatario de la Ficha de Aprobación de la Liquidación del Convenio N° 1238-2015/VIVIENDA/VMCS/PNSU-NE, de la presente Resolución y su anexo a la Subunidad de Proyectos Especiales de la Unidad de Proyectos, a la Unidad de Administración y a la Subunidad de Contabilidad, dentro de los (5) días calendarios a partir de su expedición, para su registro y/o baja contable, dentro del mismo plazo y para las acciones conducentes al cumplimiento de la normativa que resulte aplicable para la culminación de la liquidación técnico financiera del precitado proyecto, en lo que corresponda a sus respectivas competencias.
Artículo 3.- Precisar que la presente Resolución se expide a mérito de los documentos técnicos de sustento de la Liquidación de Oficio emitidos por la Unidad de Proyectos, en el Memorando N° 1625-2026/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UP y el Memorando N° 0343-2026/ VIVIENDA/VMCS/PNSU/UP elaborados por la Responsable de la Unidad de Proyectos, el Informe N° 620 2026/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UP/SUPE, el Informe N° 144-2026/VIVIENDA/ VMCS/PNSU/UP/SUPE, el Informe N° 043-2026/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UP/SUPE, el Memorando N° 120-2025-VIVIENDA/VMCS/PNSU/UP/SUPE, el Informe Técnico N° 106-2025/VMCS/PNSU/UP-ssilupu, el Informe N° 070-2026/VMCS/PNSU/UP/SUPE-mvigo y el Informe N° 010-2026/VMCS/PNSU/UP/SUPE-mvigo, elaborados por la Coordinación de la Subunidad de Proyectos Especiales; e, Informe N° 093-2025/VMCS/PNSU/ UP/SUPE-ctejada del Responsable de Liquidaciones de Proyectos de la Oficina Regional de Huarmaca, por lo cual, la liquidación aprobada en el artículo primero precedente, es de responsabilidad
exclusiva de la referida Unidad.
Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Proyectos, se encargue de insertar copia de la presente Resolución y su anexo, en el expediente del Convenio N° 1238-2015/VIVIENDA/ VMCS/PNSU-NE.
Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Administración gestione la publicación de la presente Resolución y su anexo, dentro del plazo de diez (10) días posteriores a su emisión, en el portal electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, conforme a lo dispuesto en el numeral 13.3 del artículo 13 de las Normas Reglamentarias para la implementación de lo dispuesto en la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, aprobadas por el Decreto Supremo N° 015-2014-VIVIENDA; así como en el portal electrónico del PNSU.
