Resolución Gerencial N.° 000122-2026-GR.LAMB/PEOT-GG

RESOLUCION GERENCIAL N° 000122-2026-GR.LAMB/PEOT-GG [516224075-8]

3 de junio de 2026

Declarar procedente parcialmente la Solicitud N° 000000-2026SN [516224075-0] de fecha 12 de marzo del 2026 - Solicitud de Otorgamiento de Beneficio de Defensa y Asesoría de los Servidores y
Ex Servidores Civiles a favor del ex servidor civil Damián Vásquez Bernal
, para su asesoría en el proceso judicial sobre indemnización por daños y perjuicios tramitado en el Expediente Judicial N°
01689-2025-0-1706-JP-CI-02, que se ventila ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado en lo Civil de Chiclayo, respecto de la actuación procesal en primera instancia correspondiente a la “Contestación de la demanda de indemnización” y actuaciones estrictamente necesarias vinculadas a dicho estadío procesal, por el monto de S/. 7,000.00 (Siete Mil y 00/100 Soles), monto que no incluye impuestos de ley; no correspondiendo considerar las actuaciones denominadas “Audiencia Preliminar o Esclarecimiento de Hechos”, “Audiencia de Juzgamiento” y “Emisión de Sentencia”, por no constituir actuaciones autónomas ciertas y determinadas atribuibles a la defensa técnica dentro del trámite del proceso judicial correspondiente; así como tampoco el recurso de casación, por cuanto conforme a la estructura orgánica y funcional del Poder Judicial del Perú, los procesos abreviados tramitados ante el Juzgado de Paz Letrado tienen como última instancia ordinaria al Juzgado Especializado o Mixto competente, órgano jurisdiccional encargado de resolver el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia. En tal sentido, emitido el pronunciamiento de segunda instancia, la decisión agota la vía ordinaria, no procediendo recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia de la República, al no encontrarse previsto legalmente para este tipo de procesos.
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RES GER 122-2026

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