Expediente N.° 0005555-2026/TRASU/ST-RA
9 de abril de 2026
Se declara INFUNDADO el recurso de apelación, por la materia calidad en la prestación del servicio de telefonía móvil, debido a que el reclamante no ha especificado el área geográfica en la cual no habría contado con señal o cobertura prestada por la empresa operadora.
Esta norma pertenece al compendio Jurisprudencia
