Resolución N° 125-2026-OEFA/TFA-SE

Documento de Gestión

27 de marzo de 2026

Se confirma la Resolución Directoral N° 1753-2025-OEFA/DFAI del 1 de diciembre de 2025, en el extremo que declaró la responsabilidad administrativa de la Municipalidad Provincial de Angaraes Lircay, por la comisión de la conducta infractora descrita en el numeral 1 del Cuadro N° 1 de la presente resolución, en el extremo de las medidas de prevención consistentes en: i) utilización de canaletas de colección con mallas, rejillas y/o filtros que cubran toda su extensión; ii) mantenimiento preventivo y limpieza de las canaletas, para reducir la cantidad de solidos presentes en las aguas residuales; e, iii) implementación de un sistema de colección de la sangre que recupere el 100% de la generada en el proceso de faenado de aves (colección en bandeja), así como las medidas de control referidas a iii) realizar técnicas de tratamiento de las aguas residuales, mediante la implementación de un sistema de tratamiento primario, secundario y terciario, según corresponda, con el objetivo de reducir la carga orgánica presente en sus aguas residuales; iv) el monitoreo ambiental de aguas residuales tratadas con miras al cumplimiento de la normativa ambiental aplicable y/o la guía IFC del banco mundial para el faenamiento de ganado; e, v) implementar un mantenimiento preventivo, correctivo y predictivo del sistema de tratamiento, según corresponda, y medidas de contingencia ante fugas o derrames. (...)

Esta publicación pertenece al compendio Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE)

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