Resolución N.° 0272-2026/SEL-INDECOPI
Resolución N° 0272-2026/SEL-INDECOPI
8 de julio de 2026
En cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución N° 0272-2026/SEL-INDECOPI, del 12 de junio de 2026, expedida por la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi, se publica el texto íntegro de la citada resolución.
Mediante dicho pronunciamiento, la Sala confirmó la Resolución N° 0173-2025/CEB-INDECOPI, que declaró barreras burocráticas carentes de razonabilidad las siguientes medidas contenidas en las Ordenanzas N° 235 y N° 1568 de la Municipalidad Metropolitana de Lima:
- La restricción horaria de funcionamiento, vinculada a la apertura del local, para los giros de discotecas, salones de baile, boites y similares, a partir de las 15:00 horas los días sábados, domingos y feriados, y los demás días a partir de las 20:00 horas, materializada en literal f) del artículo sétimo concordado con el artículo primero de la Ordenanza 235, que regula el funcionamiento de establecimientos públicos de esparcimiento en el Cercado de Lima.
- La restricción en los rangos horarios de venta o expendio (venta y entrega) de bebidas alcohólicas para los establecimientos detallados en los numerales del 1 al 4 del cuadro indicado en el artículo 5 que se encuentren ubicados en la jurisdicción del Cercado de Lima, materializada en el artículo 5 de la Ordenanza 1568, que establece el nuevo régimen municipal que regula la comercialización, consumo y publicidad de bebidas alcohólicas de toda graduación.
- La restricción en los rangos horarios de venta o expendio (venta y entrega) de bebidas alcohólicas para los establecimientos detallados en los numerales del 1 al 4 del cuadro indicado en el artículo 5 que se encuentren ubicados en la jurisdicción de Lima Metropolitana, materializada en el artículo 5 concordado con la Cuarta Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza 1568, que establece el nuevo régimen municipal que regula la comercialización, consumo y publicidad de bebidas alcohólicas de toda graduación.
