Resolución Directoral N.° 081-2026-OGAF-MPP/WBH
22 de abril de 2026
APROBAR, la AMPLIACION DE PLAZO CONTRACTUAL por
el termino de cuarenta (40) días calendario, con EFICACIA ANTICIPADA conforme al artículo
I7 del TUO de la Ley N° 27444, a favor del contratista Sr. Cristian Taqquere Huallpa,
correspondiente a la Orden de Servicio N°0192-2026, emitida en el marco del proceso de
contratación, cuyo objeto es la INSTALACION DE PUERTA DE MADERA para el proyecto
"Creación de los Servicios Operativos o Misionales Institucionales en el Salón Multiusos del
anexo Queshuahuayco en la comunidad de Huaynapata del distrito de Paucartambo de la
provincia de Paucartambo del departamento de Cusco". La ampliación de plazo aprobada
mediante la presente regirá del 07 de abril del 2026 al 16 de mayo del 2026, debiendo el confratista
culminar la entrega total del servicio contratado hasta el último día del nuevo plazo. conforme a
las especificaciones técnicas y condiciones establecidas en los términos de referencia, por las
razones expuestas en los considerandos en la presente resolución y en atención a lo dispuesto en
el Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Publicas
el termino de cuarenta (40) días calendario, con EFICACIA ANTICIPADA conforme al artículo
I7 del TUO de la Ley N° 27444, a favor del contratista Sr. Cristian Taqquere Huallpa,
correspondiente a la Orden de Servicio N°0192-2026, emitida en el marco del proceso de
contratación, cuyo objeto es la INSTALACION DE PUERTA DE MADERA para el proyecto
"Creación de los Servicios Operativos o Misionales Institucionales en el Salón Multiusos del
anexo Queshuahuayco en la comunidad de Huaynapata del distrito de Paucartambo de la
provincia de Paucartambo del departamento de Cusco". La ampliación de plazo aprobada
mediante la presente regirá del 07 de abril del 2026 al 16 de mayo del 2026, debiendo el confratista
culminar la entrega total del servicio contratado hasta el último día del nuevo plazo. conforme a
las especificaciones técnicas y condiciones establecidas en los términos de referencia, por las
razones expuestas en los considerandos en la presente resolución y en atención a lo dispuesto en
el Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Publicas
