Resolución Directoral N.° 082-2026-OGAF-MPP/WBH
7 de mayo de 2026
APROBAR, la AMPLIACION DE PLAZO CONTRACTUAL por
el termino de siete (07) días calendario, con EFICACIA ANTICIPADA conforme al artículo 17°
del TUO de la Ley N° 27444, a favor del contratista ARCCA INTORTACIONES MAYORISTA
DE PRODUCTOS EN GENERAL S.A.C., correspondiente a la Orden de Servicio N° 0264-2026,
emitida en el marco del proceso de contratación, cuyo objeto es la INSTALACION DE RANIPA
METALICA para el proyecto "Mejoramiento de los Servicios Educativos en la I.E. del nivel
secundario Mollomarca de la comunidad campesina Mollomarca del distrito de Paucartambo de
la provincia de Paucartambo del departamento de Cusco". La ampliación de plazo aprobada
mediante la presente regirá del 11 de abril del 2026 al 17 de abril del 2026, debiendo el contratista
culminar la entrega total del servicio contratado hasta el último día del nuevo plazo, conforme a
los términos de referencia, por las razones expuestas en los considerandos en la presente
resolución y en atención a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N°32069, Ley General de
Contrataciones Publicas
el termino de siete (07) días calendario, con EFICACIA ANTICIPADA conforme al artículo 17°
del TUO de la Ley N° 27444, a favor del contratista ARCCA INTORTACIONES MAYORISTA
DE PRODUCTOS EN GENERAL S.A.C., correspondiente a la Orden de Servicio N° 0264-2026,
emitida en el marco del proceso de contratación, cuyo objeto es la INSTALACION DE RANIPA
METALICA para el proyecto "Mejoramiento de los Servicios Educativos en la I.E. del nivel
secundario Mollomarca de la comunidad campesina Mollomarca del distrito de Paucartambo de
la provincia de Paucartambo del departamento de Cusco". La ampliación de plazo aprobada
mediante la presente regirá del 11 de abril del 2026 al 17 de abril del 2026, debiendo el contratista
culminar la entrega total del servicio contratado hasta el último día del nuevo plazo, conforme a
los términos de referencia, por las razones expuestas en los considerandos en la presente
resolución y en atención a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N°32069, Ley General de
Contrataciones Publicas
