Acuerdo de Concejo N.° 71-2026-MPL/CM
ACUERDO DE CONCEJO QUE APRUEBA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LAURICOCHA Y LA UNIDAD EJECUTORA 309 – EDUCACIÓN LAURICOCHA
8 de junio de 2026
Mediante el Acuerdo de Concejo N.° 071-2026-MPL/CM, emitido el 08 de junio de 2026, el Pleno del Concejo de la Municipalidad Provincial de Lauricocha aprueba la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Lauricocha y la Unidad Ejecutora 309 – Educación Lauricocha, en estricto cumplimiento del numeral 26 del artículo 9 de la Ley N.° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el artículo 82 de la misma norma, y la Ley N.° 28044 – Ley General de Educación.
Esta medida responde a la necesidad de establecer mecanismos de coordinación, cooperación y asistencia mutua para la ejecución de acciones orientadas al fortalecimiento de la educación, la promoción de actividades académicas, culturales, deportivas, cívicas y de infraestructura educativa en la provincia de Lauricocha, en beneficio de la comunidad educativa.
La solicitud fue formulada por la UGEL Lauricocha mediante el OFICIO N.° 000513-2026-GRH-GDRS-DRE-UGEL LAURICOCHA/UD, de fecha 29 de mayo de 2026, y fue evaluada en la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal del 04 de junio de 2026.
El convenio contempla los siguientes ámbitos de acción conjunta:
- Fortalecimiento del servicio educativo en la provincia.
- Desarrollo de capacidades docentes y administrativas.
- Apoyo a la infraestructura educativa.
- Promoción de programas culturales, deportivos y de formación ciudadana.
- Ejecución de actividades académicas y cívicas conjuntas.
Se autoriza al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Lauricocha para que, en representación de la entidad, suscriba el Convenio de Cooperación Interinstitucional y los documentos complementarios que resulten necesarios para su implementación y ejecución.
Se dispone que la Gerencia Municipal, la Gerencia de Desarrollo Social y las demás unidades orgánicas competentes adopten las acciones administrativas correspondientes para el cumplimiento de los compromisos asumidos. Las acciones derivadas del convenio se ejecutarán de conformidad con la disponibilidad presupuestal de cada institución y con estricta observancia de la normativa vigente aplicable.
Se encarga a la Secretaría General la notificación del presente Acuerdo de Concejo a la Unidad Ejecutora 309 – Educación Lauricocha, a la Gerencia Municipal y a las demás dependencias competentes, así como su publicación conforme a las disposiciones de la Ley N.° 27972.
Municipalidad Provincial de Lauricocha
