Acuerdo de Concejo N.° 73-2026-MPL/CM
ACUERDO DE CONCEJO QUE APRUEBA LA LICENCIA SIN GOCE DE HABER DEL ALCALDE PROVINCIAL Y ENCARGA EL DESPACHO DE ALCALDÍA
12 de junio de 2026
Mediante el Acuerdo de Concejo N.° 073-2026-MPL, emitido el 12 de junio de 2026 en Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal N.° 08-2026, se aprueba la licencia sin goce de haber solicitada por el señor Alcalde Provincial, Abg. Gide Agilberto Falcón Sánchez, por el periodo comprendido del 04 de septiembre de 2026 al 04 de octubre de 2026, con la finalidad de participar en el proceso de Elecciones Municipales, en estricto cumplimiento de la Ley N.° 26864 – Ley de Elecciones Municipales, la Ley N.° 28094 – Ley de Organizaciones Políticas, y las disposiciones y el cronograma electoral emitidos por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Esta medida responde al ejercicio del derecho fundamental de elegir y ser elegido, reconocido en el artículo 31 de la Constitución Política del Perú, y a la obligación de garantizar la continuidad institucional, la legalidad y la adecuada prestación de los servicios públicos durante la suspensión temporal del ejercicio de funciones del titular, conforme a la Ley N.° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.
El Acuerdo de Concejo dispone lo siguiente:
Licencia otorgada: Abg. Gide Agilberto Falcón Sánchez – Alcalde de la Municipalidad Provincial de Lauricocha (del 04 de septiembre al 04 de octubre de 2026).
Encargatura del Despacho de Alcaldía: Primer Regidor del Concejo Municipal, quien ejercerá la representación legal de la entidad y asumirá todas las atribuciones, competencias, funciones y responsabilidades inherentes al cargo de Alcalde mientras dure la licencia.
Las disposiciones del acuerdo incluyen: precisar que el Alcalde encargado asume plena responsabilidad administrativa, civil y penal por los actos que emita o autorice durante la encargatura; ordenar a la Gerencia Municipal, la Oficina de Administración y Finanzas, la Secretaría General y demás unidades orgánicas adoptar las acciones administrativas necesarias para garantizar la continuidad de la gestión municipal; encargar a la Secretaría General la notificación del acuerdo a las dependencias competentes; y disponer su publicación conforme a las normas de transparencia y publicidad de los actos de la administración pública.
Se precisa que la licencia otorgada no constituye renuncia al cargo ni implica la pérdida de la investidura de Alcalde, sino una suspensión temporal del ejercicio de sus funciones durante el periodo autorizado por el Concejo Municipal.
Municipalidad Provincial de Lauricocha
