Ordenanza Municipal N.° 011-2026-A-MPMC-J

LA SEÑALIZACIÓN DE LOS PARADEROS DE MOTOTAXIS AUTORIZADOS.

22 de junio de 2026

ARTÍCULO 21°. - La señalización de los paraderos de mototaxis autorizados.

En los paraderos fijos de vehículos menores de transporte (mototaxis), se emplearán señalizaciones horizontal y vertical, conforme a las características siguientes:

  1. La señalización de los paraderos autorizados para el servicio especial será realizada, siguiendo las recomendaciones contenidas en el informe de campo del área de transporte o del cuerpo de Inspectores de Transporte de la Municipalidad Provincial de Mariscal Cáceres.

  2. Los paraderos serán señalizados horizontalmente (marca en la calzada) de color blanco y con la inscripción del “Paradero autorizado”, pasos peatonales (Mínimo 3m), así como llevarán paneles de acuerdo al manual de señalizaciones de tránsito automotor para calles y carreteras.

  3. La señalización de los paraderos los realizara la Municipalidad Provincial de Mariscal Cáceres.

  4. El paradero autorizado podrá tener una zona de embarque máxima de 20 metros de largo y 1.30 metros de ancho. Ver anexo 3.

  5. La zona de la vía será pintada de color blanco con franjas horizontales, como se muestra en la Imagen 1 del anexo I.

  6. La Señalización Vertical será colocada con postes de fierro galvanizado, con la descripción en una plancha rectangular de sustrato de aluminio o fibra de vidrio, donde indique paradero mototaxis, capacidad máxima, nombre de asociación, número de la ordenanza municipal y la imagen de un mototaxi, como se muestra en la imagen 2 en el anexo I.

  7. Los casilleros para señalizar los paraderos, zona de embarque y zonas de espera de manera horizontal sobre la vía pública, debe tener la siguiente medida:

a) 2.00 mts. de ancho para cada unidad vehicular.
b) 3.25 mts. de largo para cada unidad vehicular.

El diseño para la señalización horizontal se muestra en la imagen 3 del anexo I.

Esta norma pertenece al compendio ORDENANZAS MUNICIPALES

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Ordenanza_011_2026

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