Ordenanza Municipal N.° 757-2026-MDJM

25 de marzo de 2026

La presente ordenanza se aplicará sin perjuicio de las normas sectoriales que regulen la gestión de AVU en actividades específicas (por ejemplo, la industria alimentaria, el sector salud, etc). En caso de conflicto entre la presente Ordenanza y una norma sectorial, prevalecerá esta última.
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OM-0757-2026-MDJM

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