Resolución Subgerencial N.° 000067-2026-MDI/GDES-SGDET
6 de abril de 2026
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.– OTORGAR la LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO (con ITSE posterior), a favor del administrado COLLAS TREJO NEMIAS DANIEL, para su establecimiento denominado RAGAZZO BARBER SHOP, para el desarrollo de la actividad económica consistente en giro de BARBERIA, con un área de 34 metros cuadrados, con un horario de funcionamiento a partir de las 6:00 horas hasta las 23 horas, ubicado en la Av. Los Eucaliptos N°520 Shancayan, en el Distrito de Independencia, Provincia de Huaraz y Departamento de Ancash, debiendo cumplir obligatoriamente con las siguientes disposiciones:
• La presente Licencia faculta únicamente al desarrollo de la actividad autorizada.
• El original de la Licencia de Funcionamiento deberá colocarse en un lugar visible del establecimiento.
• El titular deberá comunicar oportunamente a la Municipalidad el cese de actividades, de producirse.
• La presente Licencia no exonera al titular de contar con las autorizaciones sectoriales correspondientes, en especial las emitidas por la autoridad competente del sector Salud.
ARTÍCULO PRIMERO.– OTORGAR la LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO (con ITSE posterior), a favor del administrado COLLAS TREJO NEMIAS DANIEL, para su establecimiento denominado RAGAZZO BARBER SHOP, para el desarrollo de la actividad económica consistente en giro de BARBERIA, con un área de 34 metros cuadrados, con un horario de funcionamiento a partir de las 6:00 horas hasta las 23 horas, ubicado en la Av. Los Eucaliptos N°520 Shancayan, en el Distrito de Independencia, Provincia de Huaraz y Departamento de Ancash, debiendo cumplir obligatoriamente con las siguientes disposiciones:
• La presente Licencia faculta únicamente al desarrollo de la actividad autorizada.
• El original de la Licencia de Funcionamiento deberá colocarse en un lugar visible del establecimiento.
• El titular deberá comunicar oportunamente a la Municipalidad el cese de actividades, de producirse.
• La presente Licencia no exonera al titular de contar con las autorizaciones sectoriales correspondientes, en especial las emitidas por la autoridad competente del sector Salud.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DE SUBGERENCIA DE DESARROLLO ECONOMICO Y TURISMO 2026
