Resolución de Alcaldía N.° 069-2026-MDI-A
27 de febrero de 2026
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR, al Procurador Público de la Municipalidad Distrital de Independencia, para que, en representación de los intereses de la Municipalidad Distrital de Independencia, y bajo responsabilidad, de acuerdo a sus facultades y atribuciones establecidas en la ley, pueda CONCILIAR con el “Consorcio Hanna” y su representante legal acreditado ante el Centro de Conciliación Extrajudicial elegido para el efecto, sobre controversias presentadas durante la ejecución de la obra de: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL DE LOS PASAJES ANTURIO Y MUÉRDAGO DEL BARRIO DE CHEQUIÓ DEL DISTRITO DE INDEPENDENCIA, PROVINCIA DE HUARAZ, DEPARTAMENTO DE ANCASH”, planteándose la siguiente fórmula conciliatoria:
3.1. Que, previa a la liquidación del contrato de obra mediante acto resolutivo, la Entidad desembolsará el 30% del monto total de la garantía de fiel cumplimiento equivalente al 10% del monto del contrato vigente, a favor del CONSORCIO HANNA, previa presentación del Plan de Trabajo para la ejecución de las actividades orientadas a corregir las diferencias en la obra contenidas en la CARTA NOTARIAL N° 014-2025-MDI/GI/SGOP/SG, de fecha 30 de setiembre 2025, y de la CARTA NOTARIAL N° 020-2025 MDI/GI/SGOP/SG, de fecha 19 de diciembre 2025.
3.2. El inicio de los trabajos deberá realizarse al día siguiente de efectuado el desembolso y deberá acreditar un profesional (Ingeniero Civil colegiado y habilitado) con experiencia mínima de dos años en ejecución de obras, asimismo la entidad designará un inspector para supervisar los trabajos. 3.3.- Si las observaciones se encuentran subsanadas debidamente y de encontrarse conforme los trabajos, la entidad procederá con la devolución del monto restante de la garantía de fiel cumplimiento, previa conformidad de un perito designado para el caso a efectos de realizar las acciones correctivas respecto a la filtración de agua en la vivienda colindante de propiedad del Sr. Mario Antonio Obregón Brito.
3.1. Que, previa a la liquidación del contrato de obra mediante acto resolutivo, la Entidad desembolsará el 30% del monto total de la garantía de fiel cumplimiento equivalente al 10% del monto del contrato vigente, a favor del CONSORCIO HANNA, previa presentación del Plan de Trabajo para la ejecución de las actividades orientadas a corregir las diferencias en la obra contenidas en la CARTA NOTARIAL N° 014-2025-MDI/GI/SGOP/SG, de fecha 30 de setiembre 2025, y de la CARTA NOTARIAL N° 020-2025 MDI/GI/SGOP/SG, de fecha 19 de diciembre 2025.
3.2. El inicio de los trabajos deberá realizarse al día siguiente de efectuado el desembolso y deberá acreditar un profesional (Ingeniero Civil colegiado y habilitado) con experiencia mínima de dos años en ejecución de obras, asimismo la entidad designará un inspector para supervisar los trabajos. 3.3.- Si las observaciones se encuentran subsanadas debidamente y de encontrarse conforme los trabajos, la entidad procederá con la devolución del monto restante de la garantía de fiel cumplimiento, previa conformidad de un perito designado para el caso a efectos de realizar las acciones correctivas respecto a la filtración de agua en la vivienda colindante de propiedad del Sr. Mario Antonio Obregón Brito.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DE ALCALDIA 2026
