Ordenanza Municipal N.° 019-2014-MPH-CM

15 de agosto de 2014

Prohibicion en la Juridiccion de la Provincia de Huaral, la colocación o exhibición de propaganda política cuando no exista convocatoria debida y formalmente efectuada por el Jurado Nacional de Elecciones. Asimismo, la propaganda electoral está prohibida veinticuatro (24) horas antes del día de las elecciones, debiendo retirarse toda aquella que este ubicada en un radio de cien (100) metros alrededor de los locales de votación.

Documentos

Vista preliminar de documento Ordenanza Municipal N° 019-2014-MPH-CM

Ordenanza Municipal N° 019-2014-MPH-CM

PDF
879.3 KB