Acuerdo de Concejo N.° 119-2026-CMPF
ACUERDO DE CONCEJO N° 119-2026-CMPF
8 de julio de 2026
III. SE ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR por unanimidad el APOYO ECONÓMICO, solicitado por doña Marleny Amparo Manco Buritica, en calidad de representante legal de la Congregación Siervas de Jesús de la Caridad, por el monto de S/ 1,000.00 (UN MIL CON 00/100 SOLES), en mérito a los informes técnico y legal favorables, con la finalidad de desarrollar en forma planificada las actividades orientadas al desarrollo de la recaudación de fondos en beneficio de los niños del Albergue de Niños Santa María Josefa de la provincia de Ferreñafe.
ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR el presente Acuerdo Municipal a doña Marleny Amparo Manco Buritica, en calidad de representante legal de la Congregación Siervas de Jesús de la Caridad. Así como también, al despacho de Alcaldía, Gerencia Municipal, Sala de Regidores, Oficina General de Administración, Unidad Funcional de Tesorería; y demás áreas competentes de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR a la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe la distribución y/o notificación de la presente y a través de la Oficina de Tecnologías de la Información, la publicación en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano https://www.gob.pe/muniferrenafe
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPL E Y ARCHÍVESE
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR por unanimidad el APOYO ECONÓMICO, solicitado por doña Marleny Amparo Manco Buritica, en calidad de representante legal de la Congregación Siervas de Jesús de la Caridad, por el monto de S/ 1,000.00 (UN MIL CON 00/100 SOLES), en mérito a los informes técnico y legal favorables, con la finalidad de desarrollar en forma planificada las actividades orientadas al desarrollo de la recaudación de fondos en beneficio de los niños del Albergue de Niños Santa María Josefa de la provincia de Ferreñafe.
ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR el presente Acuerdo Municipal a doña Marleny Amparo Manco Buritica, en calidad de representante legal de la Congregación Siervas de Jesús de la Caridad. Así como también, al despacho de Alcaldía, Gerencia Municipal, Sala de Regidores, Oficina General de Administración, Unidad Funcional de Tesorería; y demás áreas competentes de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR a la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe la distribución y/o notificación de la presente y a través de la Oficina de Tecnologías de la Información, la publicación en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano https://www.gob.pe/muniferrenafe
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPL E Y ARCHÍVESE
