Resolución de Alcaldía N.° 282-2026-MPF/A
26 de junio de 2026
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR LA NULIDAD de las Resoluciones de Alcaldía N° 194-2025-MPF/A, N° 360-2025-MPF/A, y N° 172-2026-MPF/A, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: APROBAR la Reconformación de los integrantes del COMITÉ DE GESTIÓN LOCAL DEL PROGRAMA DE COMPLEMENTACIÓN ALIMENTARIA PCA DE LA PROVINCIA DE FERREÑAFE, para el periodo del 14 de octubre de 2024 hasta el 14 de octubre de 2026, el cual está integrado de la siguiente manera:
NOMBRE Y APELLIDOS REPRESENTANTE
ERIKA GINANYELLY ARAUJO GONZALES GERENTE DE DESARROLLO SOCIAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE FERREÑAFE
SHELAH FRANCISCA VILCHEZ VELÁSQUEZ RESPONSABLE DE LA UNIDAD FUNCIONAL DE PROGRAMAS SOCIALES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE FERREÑAFE
SILVIA CAROLINA CORRALES RUIZ REPRESENTANTE DEL MINSA
SUSY DEL CARMEN ZAPATA CHUNGA REPRESENTANTE DE ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE DEL DISTRITO DE FERREÑAFE
MARIA NICOLASA CESPEDES MENDO REPRESENTANTE DE ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE DEL DISTRITO DE FERREÑAFE
ELISA BETY SENCIE MAYQUE REPRESENTANTE DE ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE DEL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO
ARTÍCULO TERCERO: DEJAR SIN EFECTO cualquier norma o disposición municipal que se oponga a la presente.
ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social, así como a la Unidad Funcional de Programas Sociales de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
ARTÍCULO QUINTO: REMITIR copia de la presente, a la SECRETARIA TÉCNICA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS, para que conforme a sus atribuciones previstas en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GPGSC “Régimen Disciplinario y Sancionador de la Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 101-2015-SERVIR-PE, a fin de deslindar responsabilidades.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFICAR la presente Resolución a los integrantes del Comité de Gestión Local del Programa de Complementación Alimentaria – PCA, Alcaldía, Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social, Oficina General de Administración, y demás áreas pertinentes de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe.
ARTICULO SEPTIMO: ENCARGAR a la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe la distribución y/o notificación de la presente y a través de la Oficina de Tecnologías de la Información, la publicación en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano https://www.gob.pe/muniferrenafe.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE.
