Ordenanza Municipal N.° 004-2026-MDD/CM
Ordenanza Municipal que Aprueba la Amnistía Municipal 2026 den la Municipalidad Distrital de Desaguadero
20 de abril de 2026
- ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la AMNISTÍA MUNICIPAL 2026, con la finalidad de incentivar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y mejorar la recaudación del Impuesto Predial en la Municipalidad Distrital de Desaguadero.
- ARTÍCULO SEGUNDO.- ESTABLECER que la vigencia de la presente Ordenanza será desde el 20 de abril hasta el 29 de junio de 2026.
- ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que los beneficios tributarios aplicables al Impuesto Predial serán los siguientes:
- Año 2022: 10% de descuento
- Año 2023: 20% de descuento
- Año 2024: 30% de descuento
- Año 2025: 40% de descuento
- Año 2026: 50% de descuento
- ARTÍCULO CUARTO.- PRECISAR que los beneficios establecídos en la presente Ordenanza son aplicables únicamente al Impuesto Predial, no comprendiendo descuentos en Arbitrios Municipales.
- ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER la condonación de intereses moratorios y sanciones administrativas vinculadas al Impuesto Predial, conforme a lo establecido en el articulo 41 del Texto Único Ordenado del Código Tributario.
- ARTÍCULO SEXTO.- ENCARGAR a la Unidad de Administración Tributaria la implementación, ejecución y control del cumplimiento de la presente Ordenanza.
- ARTÍCULO SÉPTIMO.- FACULTAR al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.
- ARTÍCULO OCTAVO.-ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el portal institucional y su difusión conforme a la normativa vigente.
Esta norma pertenece al compendio ORDENANZA MUNICIPAL 2026
