Ordenanza Municipal N.° 004-2026-MDD/CM

Ordenanza Municipal que Aprueba la Amnistía Municipal 2026 den la Municipalidad Distrital de Desaguadero

20 de abril de 2026

  • ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la AMNISTÍA MUNICIPAL 2026, con la finalidad de incentivar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y mejorar la recaudación del Impuesto Predial en la Municipalidad Distrital de Desaguadero.
  • ARTÍCULO SEGUNDO.- ESTABLECER que la vigencia de la presente Ordenanza será desde el 20 de abril hasta el 29 de junio de 2026.
  • ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que los beneficios tributarios aplicables al Impuesto Predial serán los siguientes:
  1. Año 2022: 10% de descuento
  2. Año 2023: 20% de descuento
  3. Año 2024: 30% de descuento
  4. Año 2025: 40% de descuento
  5. Año 2026: 50% de descuento
  • ARTÍCULO CUARTO.- PRECISAR que los beneficios establecídos en la presente Ordenanza son aplicables únicamente al Impuesto Predial, no comprendiendo descuentos en Arbitrios Municipales.
  • ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER la condonación de intereses moratorios y sanciones administrativas vinculadas al Impuesto Predial, conforme a lo establecido en el articulo 41 del Texto Único Ordenado del Código Tributario.
  • ARTÍCULO SEXTO.- ENCARGAR a la Unidad de Administración Tributaria la implementación, ejecución y control del cumplimiento de la presente Ordenanza.
  • ARTÍCULO SÉPTIMO.- FACULTAR al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.
  • ARTÍCULO OCTAVO.-ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el portal institucional y su difusión conforme a la normativa vigente.

Esta norma pertenece al compendio ORDENANZA MUNICIPAL 2026

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Ordenanza Municipal 004-2026-MDD/CM

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