Fiscalización realizará operativos para hacer cumplir llamada “Ley Seca” de conformidad con la Ley Electoral
Nota de prensaEstablecimientos están prohibidos de vender licor desde las 8:00 a.m. del sábado hasta las 8:00 a.m. de lunes.


2 de octubre de 2026 - 1:22 p. m.
La Municipalidad Provincial de Chiclayo, a través de Fiscalización, hace saber a la ciudadanía chiclayana y dueños de establecimientos como bares y afines, que está terminantemente prohibido la venta y consumo de bebidas alcohólicas desde las 8:00 a.m. del sábado hasta las 8:00 a.m. del lunes, de conformidad con la Ley Orgánica de Elecciones y por motivos de las elecciones regionales y municipales que se desarrollarán el domingo 4 de octubre.
En cumplimiento de los artículos 351 y 390 de la mencionada ley, Fiscalización de la comuna provincial tiene previsto realizar operativos propios o en coordinación con el Ministerio Público, Policía Nacional, Defensoría del Pueblo y Jurados especiales electorales, inspeccionando los locales donde se vende licor y aplicando sanciones a los propietarios infractores de la llamada “Ley Seca”.
Según la norma, el horario de la prohibición rige desde las 8:00 a. m. del sábado 3 (previo a las elecciones) hasta las 8:00 a. m. del lunes posterior a los comicios, haciendo un total de 48 horas en que los negocios (bodegas, mercados, supermercados, restaurantes, bares, discotecas y otros) no podrán vender bebidas alcohólicas. También está prohibido el consumo de alcohol en espacios públicos de la ciudad.
La municipalidad, remarca que muy aparte de la sanción económica que impone el JNE, ella puede imponer medidas administrativas como clausurar de manera temporal el local comercial y de las bebidas prohibidas mediante operativos conjuntos de la PNP, Fiscalización, con el apoyo de Fiscalía y otras instituciones competentes. La comuna actúa bajo el marco normativo nacional y aplica su propio Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUIS) vigente.
Precisa que la multa económica es de S/ 2,790, además prevé sanción de pena privativa de la libertad de hasta 6 meses para los propietarios o responsables de establecimientos que vendan licor durante la restricción.
Si un establecimiento con licencia de restaurante o bodega vende licor durante estas 48 horas, el municipio lo sanciona con multas económicas que oscilan entre S/ 2,500 y S/3,800. Además, de la clausura temporal del local.

