Ordenanza Municipal N.° 0001-2014-MPCH-A
28 de enero de 2014
Articulo 1°.- OTORGAR LA CONDONACION de los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo de los ejercicios 1993 al 2004, según corresponda y solo si los contribuyentes del Distrito de Chiclayo, hubieren cumplido con el pago del Impuesto Predial de cada uno de los ejercicios descritos hasta el 31 de Marzo de 2014, De no realizarse la cancelación del pago al contado del Impuesto Predial podrá acogerse cancelando el integro del insoluto, asi como reajustes, derechos y costas, asi como gastos coactivos generados a la fecha de acogimiento hasta el 31 de marzo de 2014. Para este efecto, los intereses moratorios del referido impuesto predial se encontraran condonados durante el periodo de acogimiento. En los casos de haberse presentado recursos impugnativos los mismos deberán ser materia de desistimiento por parte de los administrados recurrentes pudiendose acoger en el estado en que se encuentren la deuda.