Ministerio Público consiguió sentencias para involucrados por ilegal resguardo de Óscar López Meneses

Nota Informativa
Fiscalía demostró que se cometieron los delitos de peculado y falsedad ideológica

Fotos: OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL

12 de agosto de 2021 - 5:18 p. m.

El Segundo Despacho de la Primera Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios (FECOF) de Lima Centro, a cargo de la fiscal provincial Norah Córdova Alcántara, consiguió una sentencia condenatoria para los involucrados en el ilegal resguardo policial al domicilio del exoperador político Oscar López Meneses, entre los años 2012 y 2013.

Como parte de este veredicto obtenido en juicio oral por el fiscal adjunto provincial Luis Alberto Medina Rodrigo, se sentenció por el delito de peculado de uso al exdirector general de la Policía Nacional, Raúl Salazar Salazar, y a López Meneses, imponiéndoles cuatro años de pena privativa de la libertad suspendida bajo reglas de conducta, así como inhabilitación para ejercer cargo público por el mismo periodo.

Por el delito de falsedad ideológica, en tanto, fueron condenados los exjefes de la Región Policial Lima, Aldo Guillermo Miranda Soria, Carlos Martín Gómez Cahuas y Luis Miguel Praeli Burga, quienes recibieron una sentencia de cinco años de pena privativa de la libertad, 39 meses de inhabilitación para ejercer cargo público y el pago de S/6 mil de multa para cada uno.

La acusación fiscal sostuvo que, entre 2012 y 2013, los sentenciados dispusieron el ilegal resguardo domiciliario- que incluyó la presencia de patrulleros de las unidades policiales de la DEPEME SUR, SUAT, UDEX y de la Comisaría de Chacarilla- a favor de dos inmuebles vinculados a Oscar López Meneses.

Como sustento de la imputación, el representante del Ministerio Público presentó la documentación generada en la Región Policial Lima, que daba cuenta de esta ilegal medida de seguridad, bajo la apariencia de un presunto resguardo al jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.

Reparación civil

El perjuicio económico generado al Estado por este hecho delictivo fue de S/ 118 769.48.

En ese sentido, los imputados fueron también condenados al pago, en forma solidaria, de S/ 172 069.48, por el delito de peculado de uso; y de S/ 50 000 por el delito de falsedad ideológica.

Finalmente, el Ministerio Público apeló el fallo del Tercer Juzgado Unipersonal que determinó la absolución de los imputados Juan Augusto Fernández Guevara, Edgard Reyneer del Castillo Araujo, José Manuel Arteta Guillen y Joel Valdivia Montoya.