El 82% de municipalidades de Lima Metropolitana cuenta con ordenanzas que implementan registro de canes

Nota de prensa
Sin embargo, la mayoría de propietarios de perros, sobre todo, aquellos potencialmente peligrosos, no los inscribe.

Fotos: Minsa

16 de noviembre de 2018 - 1:59 p. m.

El 82% de municipalidades distritales de Lima Metropolitana cuentan con ordenanzas que implementan el registro de canes, conforme lo dispone la Ley N°27596 que regula el Régimen Jurídico de Canes y su reglamento, informó la Estrategia Nacional de Zoonosis del Ministerio de Salud (Minsa).

Entre ellas figuran los municipios de Jesús María, San Isidro, San Borja, Miraflores, Santiago de Surco, Ate, La Molina, San Miguel, Surquillo, entre otras que cuentan, además, con programas que motivan a sus vecinos la tenencia responsable de animales de compañía y/o mascotas.

A pesar de esto, la mayoría de propietarios de canes, sobre todo aquellos potencialmente peligrosos, no inscribe a sus perros en estos registros municipales, tal como lo estipulan las ordenanzas municipales y la Ley que regula el Régimen Jurídico de Canes.

La norma señala que los incidentes producidos por canes, especialmente los de aquellos considerados potencialmente peligrosos, según el caso deberán ser comunicados o denunciados ante un establecimiento de salud, PNP o la autoridad municipal.

Dueños están obligados a cubrir costos si can ocasiona lesiones a una persona o animal

Asimismo, si un can ocasiona lesiones graves a una persona, el dueño estará obligado a cubrir el costo total, de la hospitalización, medicamentos, y cirugía reconstructiva necesaria, hasta su recuperación total, sin perjuicio de la indemnización por daños y perjuicios que hubiera lugar. Esta disposición no es de aplicación cuando se actúa en defensa propia, de terceros o de la propiedad privada.

Además, el propietario de estos animales debe comunicar al registro la venta, traspaso, donación, pérdida, robo o muerte del animal, y el can debe portar la identificación correspondiente, que debe señalar los datos personales del propietario, el nombre y raza del animal, fecha de nacimiento y, de ser el caso, su condición de potencialmente peligroso.

En tanto, el Reglamento de la Ley que regula el Régimen Jurídico de Canes, señala que el registro municipal de canes tiene la finalidad de identificar, controlar la población de canes y facilitar la rastreabilidad de canes perdidos y agresores. La identificación de estos animales se realizará mediante el uso de distintivos, tales como medallas, microchips, tatuajes, collares, tatuajes y otros. La licencia de posesión de perros se otorgará por una sola vez y tendrá carácter permanente.

Asimismo, indica que es válida la identificación, registro y licencia de un can inscrito en una municipalidad para su tránsito y circulación en otra jurisdicción. Sin embargo, el cambio de domicilio del propietario, tenedor del can, amerita una nueva inscripción en la jurisdicción municipal del nuevo domicilio, debiendo solicitar previamente la cancelación de la anterior.