Aula Jurídica: Conoce cómo funciona el Registro de Entidades Religiosas (RER) gestionado por el MINJUSDH

Nota de prensa
Desde diciembre del 2016 a la fecha se han inscrito 226 entidades religiosas en el RER.
Aula Jurídica: Conoce cómo funciona el Registro de Entidades Religiosas (RER) gestionado por el MINJUSDH
Aula Jurídica: Conoce cómo funciona el Registro de Entidades Religiosas (RER) gestionado por el MINJUSDH

13 de abril de 2026 - 9:04 a. m.

En el “Aula Jurídica” del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) se abordó el tema “Libertad religiosa en el Perú” donde se abordó la importancia de los valores de la dignidad humana y el pluralismo para la garantía de la libertad religiosa, los principios de igualdad y no discriminación, la laicidad y el desarrollo constitucional, jurisprudencial y legal de la libertad religiosa en el Perú.

En la clase, dictada por la especialista en derechos humanos y directora de Asuntos Interconfesionales del MINJUSDH, María Esperanza Adrianzén Olivos, se destacó que el Registro de Entidades Religiosas (RER) tiene como fin principal el reconocimiento de las entidades religiosas, así como la facilitación de sus relaciones con el Estado.

La jurista explicó que la inscripción en este registro, dispuesto por la Ley 29635 Ley de Libertad Religiosa, es administrativo y voluntario. Tras ser evaluada la solicitud con los requisitos establecidos, el MINJUSDH otorga una resolución de procedencia y un certificado que declara que es una entidad religiosa inscrita en el RER.

Entre los requisitos para la inscripción de una entidad se encuentra que esté constituido como asociación civil con fines religiosos, contar con siete años de arraigo, declarar el número de fieles mayores de edad, desarrollar una descripción de su historia, declarar cuál es su doctrina o cuáles son los dogmas que identifican a esta comunidad religiosa, además de presentar la relación de sus ministros y sus lugares de culto. “Si esta organización se desarrolla en diversas regiones, hará conocer cuáles o cuántas entidades y en qué lugares se encuentran estas comunidades que dependen de la entidad religiosa que se ha inscrito”, añadió.

Desde diciembre del 2016 a la fecha, 226 entidades religiosas se han inscrito en el RER y han reportado un número de fieles que supera los dos millones de ciudadanos. Por su origen estas entidades son judías, islámicas, cristianas evangélicas, adventistas, budistas, entre otros.

La especialista explicó que la personería jurídica que tienen las entidades religiosas no católicas se enmarca en el derecho privado. Por ello, se constituyen como asociaciones con fines religiosos y se inscriben en registros públicos para su seguridad jurídica.

Es importante señalar que el Aula Jurídica del MINJUSDH se emite quincenalmente en el canal de YouTube del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Puedes ver la última clase en este enlace: https://www.youtube.com/watch?v=F4hr7DzBcWA