Resolución Directoral N.° 1819-2025-JUS/DGDPAJ-DCMA

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

26 de marzo de 2026

DECLARAR que el Conciliador Bruce Lenin Huayta Machaca, vulneró su obligación contenida en los numerales 1, 4, 7 y 14, del artículo 62° del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación, quedando acreditada la comisión de la infracción prevista en el numeral 7 del literal a), del artículo 137° del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación, cuya sanción es la AMONESTACIÓN ESCRITA, del mismo modo acreditó la comisión de la infracción prevista en el numeral 1 del literal c), del artículo 139° del citado cuerpo normativo, cuya sanción es la MULTA y también acreditó la comisión de la infracción prevista en el numeral 2 del literal a), del artículo 141° del citado cuerpo normativo, cuya sanción es la SUSPENSIÓN. En consecuencia, se le IMPONE la sanción de SUSPENSIÓN de dos (02) MESES, al amparo del artículo 140° del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación y en atención al principio de razonabilidad y al concurso de infracciones; de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa del presente informe.

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31. RESOLUCION_1819-2025_JUS-DCMA

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