Resolución Directoral N.° 1218 -2025-JUS/DGDPAJ-DCMA
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
26 de marzo de 2026
DECLARAR que la conciliadora Alicia Rosmery Asencio Santos, vulneró sus obligaciones contenidas en los numerales 3 y 7 del artículo 62° del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación, quedando acreditada la comisión de las infracciones previstas en los numerales numeral 7, literal a) del artículo 137° y el numeral 1, literal a) del artículo del 139° del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación, cuyas conductas se sancionan con amonestación escrita y multa, respectivamente. En consecuencia, de tratarse de un concurso de infracción, se le IMPONE la sanción de MULTA de dos (02) URP, al amparo del literal f), del artículo 130° del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación, segundo párrafo del artículo 138° del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación y en atención al principio de razonabilidad, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.
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