Resolución N.° 004816-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
20 de octubre de 2025
VISTO el Expediente de Apelacion N° 04529-2025-JUS/TTAIP de fecha 15 de octubre de 2025, interpuesto por CARLOS ALEXANDER SANCHEZ TORRES contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la informacion publica presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GUADALUPE con fecha 5 de marzo de 2025.
Que, el numeral 5 del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru establece que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresion de causa la informacion que requiera y a recibirla de cualquier entidad publica, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido, exceptuando las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional,
Que, el numeral 5 del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru establece que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresion de causa la informacion que requiera y a recibirla de cualquier entidad publica, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido, exceptuando las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional,
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Improcedencia - Segunda Sala
