Resolución N.° 004824-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
20 de octubre de 2025
VISTO el Expediente de Apelacion N° 04506-2025-JUS/TTAIP de fecha 14 de octubre de 2025, interpuesto por BENJAMIN MARTINEZ ISUIZA contra el Oficio N° D005134-2025-COFOPRI-OZLC de fecha 3 de julio de 2025, a través del cual el ORGANISMO imDE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL - COFOPRI atendio la solicitud de acceso a la informacién publica, registrada con solicitud N° 202504 3895.
Que, el numeral 5 del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru establece que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresion de causa la informacion que requiera y 4 a recibirla de cualquier entidad publica, en el plazo legal y con el costo que suponga el pedido, con excepcién de aquella informacion que afecte la intimidad personal y la que expresamente se excluya por ley o por razones de seguridad nacional;
Que, el numeral 5 del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru establece que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresion de causa la informacion que requiera y 4 a recibirla de cualquier entidad publica, en el plazo legal y con el costo que suponga el pedido, con excepcién de aquella informacion que afecte la intimidad personal y la que expresamente se excluya por ley o por razones de seguridad nacional;
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Improcedencia - Segunda Sala
