Resolución N.° 001813-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

28 de abril de 2025

VISTO el Expediente de Apelación N° 05446-2024-JUS/TTAIP, recibido con fecha 26 de diciembre de 2024, interpuesto por DANIEL JOAO SOUZA GONZÁLEZ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública encauzada a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL ESLABÓN, con Oficio Nº 3551-2024-EF/45.02 de fecha 19 de noviembre de 2024.

CONSIDERANDO.
ANTECEDENTES Con la solicitud de acceso a la información pública encauzada a la entidad con Oficio Nº 3551-2024-EF/45.02 de fecha 19 de noviembre de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la remisión por correo electrónico de la siguiente información: “SOLICITO SE ME REMITA LA [1] RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 058-2024 MDEE DE FECHA 10/05/2024, QUE APRUEBA EL EXPEDIENTE DE SALDO DE OBRA, Y QUE SE REMITA EL [2] EXPEDIENTEDE SALDO DE OBRA, ELLO RELATIVO AL PROCESO DE LICITACIÓN PUBLICA 01-2022-MDEE/CS-1: "MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Nº 0751 JAIME HORACIO ROJAS CHÁVEZ DE LA LOCALIDAD DE EL ESLABÓN DEL DISTRITO DE EL ESLABÓN - PROVINCIA DE HUALLAGA - DEPARTAMENTO DE SAN MARTIN". CUI Nº 2451944.” Con fecha 26 de diciembre de 2024, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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