Resolución Ministerial N.° 0094-2020-MINAGRI
3 de abril de 2020
Dispóngase que , durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional dispuesto por el D.S. N° 044-2020-PCM, precisado por el D.S. N° 046-2020-PCM y en el D.S. N° 051-2020-PCM, modificado mediante el D.S. N° 053-2020-PCM, los productores, empresarios y trabajadores del sector Agropecuario que realicen actividades de producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye almacenamiento y distribución, deben activar y ejecutar los protocolos de seguridad sanitarias para salvaguardar la salud de las personas dedicadas a la actividad agropecuaria.