Resolución Administrativa N.° 000033-2026-HNCH-OEA
APROBAR, con la eficacia anticipada al 01 de julio del 2026, la Directiva Administrativa N° 002-2026-OE-OEA/HNCH
22 de julio de 2026
ARTÍCULO 1°.- APROBAR, con la eficacia anticipada al 01 de julio del 2026, la Directiva Administrativa N° 002-2026-OE-OEA/HNCH “DIRECTIVA ADMINISTRATIVA PARA LA ADMINISTRACION, CONTROL, EJECUCION, RENDICION Y REPOSICION DEL FONDO FIJO PARA CAJA CHICA POR LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO RECURSOS ORDINARIOS DEL HOSPITAL NACIONAL CAYETANO HEREDIA”, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- APERTURAR el fondo Fijo para la CAJA CHICA POR LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO RECURSOS ORDINARIOS DEL HOSPITAL NACIONAL CAYETANO HEREDIA”, por el importe de S/ 55,000.00 (Cincuenta Cinco Mil y 00/100 soles)
ARTÍCULO 3°.- DESIGNAR, a los responsables, titular y suplente, quienes tienen la responsabilidad única del manejo de la Caja Chica en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios en el Hospital Nacional Cayetano Heredia, siendo que a su nombre se emitirán los giros respectivos, así como tendrá a su cargo la rendición de cuentas debidamente sustentadas y documentadas para efecto de la reposición correspondiente.
ARTÍCULO 4°.- El monto máximo para cada adquisición con el cargo al Fondo Fijo para Caja Chica no debe exceder del veinte 20% de la UIT vigente. En casos excepcionales debidamente justificados y previo documento remitido al responsable de caja chica, el /la jefe/a de la Oficina Ejecutiva de Administración o quien haga sus veces, autoriza la adquisición de bienes y servicios hasta por un monto que no exceda el 90% de la UIT vigente, en los casos que requieren ser atendidos con urgencia, para asegurar el funcionamiento del HNCH.
ARTÍCULO 5°.- DEJAR, sin efecto la Resolución Administrativa N° 008-2026-HNCH/OEA de fecha 30 de enero de 2026, que aprobó con eficacia anticipada al 01 de enero de 2026, el documento denominado “DIRECTIVA PARA LA ADMINISTRACION, CONTROL, EJECUCIÓN, RENDICIÓN Y REPOSICION DEL FONDO FIJO PARA CAJA CHICA POR LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO RECURSOS ORDINARIOS DEL HOSPITAL NACIONAL CAYETANO HEREDIA – AÑO FISCAL 2026”
ARTÍCULO 2°.- APERTURAR el fondo Fijo para la CAJA CHICA POR LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO RECURSOS ORDINARIOS DEL HOSPITAL NACIONAL CAYETANO HEREDIA”, por el importe de S/ 55,000.00 (Cincuenta Cinco Mil y 00/100 soles)
ARTÍCULO 3°.- DESIGNAR, a los responsables, titular y suplente, quienes tienen la responsabilidad única del manejo de la Caja Chica en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios en el Hospital Nacional Cayetano Heredia, siendo que a su nombre se emitirán los giros respectivos, así como tendrá a su cargo la rendición de cuentas debidamente sustentadas y documentadas para efecto de la reposición correspondiente.
ARTÍCULO 4°.- El monto máximo para cada adquisición con el cargo al Fondo Fijo para Caja Chica no debe exceder del veinte 20% de la UIT vigente. En casos excepcionales debidamente justificados y previo documento remitido al responsable de caja chica, el /la jefe/a de la Oficina Ejecutiva de Administración o quien haga sus veces, autoriza la adquisición de bienes y servicios hasta por un monto que no exceda el 90% de la UIT vigente, en los casos que requieren ser atendidos con urgencia, para asegurar el funcionamiento del HNCH.
ARTÍCULO 5°.- DEJAR, sin efecto la Resolución Administrativa N° 008-2026-HNCH/OEA de fecha 30 de enero de 2026, que aprobó con eficacia anticipada al 01 de enero de 2026, el documento denominado “DIRECTIVA PARA LA ADMINISTRACION, CONTROL, EJECUCIÓN, RENDICIÓN Y REPOSICION DEL FONDO FIJO PARA CAJA CHICA POR LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO RECURSOS ORDINARIOS DEL HOSPITAL NACIONAL CAYETANO HEREDIA – AÑO FISCAL 2026”
Esta norma pertenece al compendio Resolución Administrativa de la Oficina Ejecutiva de Administración
