Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 1080-PE-ESSALUD-2026
31 de agosto de 2026
Artículo 1.- APROBAR los Planes Directores de Inversiones 2026-2035 de la Red Asistencial Apurímac, de la Red Asistencial Huánuco, de la Red Asistencial Jaén y de la Red Asistencial Tacna, cuyos documentos forman parte integrante de la presente Resolución como Anexo 1.
Artículo 2.- APROBAR la ampliación del plazo de vigencia de los Planes Directores de Inversiones de ESSALUD 2016-2025, aprobados mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 382-PE-ESSALUD-2016 y cuya vigencia fue prorrogada mediante las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva N° 001377-PE-ESSALUD-2025, N° 000350-PE-ESSALUD-2026 y N° 000938-PE-ESSALUD-2026, correspondientes a las Redes detalladas en el Anexo 2 de la presente Resolución, hasta el 30 de noviembre de 2026.
Artículo 3.- DEJAR SIN EFECTO, respecto de las Redes Asistenciales Apurímac, Huánuco y Tacna, los Planes Directores de Inversiones 2016-2025 aprobados mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 382-PE-ESSALUD-2016 y cuya vigencia fue ampliada mediante las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva N° 001377-PE-ESSALUD-2025, N° 000350-PE-ESSALUD-2026 y N° 000938-PE-ESSALUD-2026.
Artículo 4.- DISPONER que la Gerencia de Programación Multianual y Gestión de Inversiones de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto realice las acciones correspondientes para la difusión de los Planes Directores de Inversiones 2026-2035 aprobados mediante la presente Resolución.
Artículo 5.- DISPONER que los Gerentes o Directores de las Redes Asistenciales comprendidas en el artículo 1 de la presente Resolución adopten, en el ámbito de sus competencias, las acciones que correspondan para la aplicación de los Planes Directores de Inversiones 2026-2035 aprobados mediante la presente Resolución.
Artículo 6.- ENCARGAR a la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto y a los órganos que resulten competentes, en el marco de sus atribuciones, la culminación de las actuaciones necesarias para la elaboración, revisión y validación de los Planes Directores de Inversiones correspondientes a las Redes comprendidas en el Anexo 2 de la presente Resolución, así como para la continuación del trámite de aprobación correspondiente, dentro del plazo establecido en el artículo 2, bajo responsabilidad funcional.
Artículo 7.- DISPONER que los Gerentes o Directores de las Redes Prestacionales y Redes Asistenciales comprendidas en el Anexo 2 de la presente Resolución, adopten, en el ámbito de sus competencias, las acciones necesarias para la elaboración, revisión y validación de sus respectivos Planes Directores de Inversiones, así como para la continuación del trámite de aprobación correspondiente, dentro del plazo establecido en el artículo 2 de la presente Resolución.
Artículo 8.- DISPONER que la Secretaría General, en el marco de sus funciones, remita la presente Resolución a la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones del Seguro Social de Salud, a fin de que, conforme a la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 701-PE-ESSALUD-2015, proceda con su publicación en el Portal Institucional del Seguro Social de Salud.
Artículo 9.- DISPONER la notificación de la presente Resolución a la Gerencia Central de Gestión de las Personas y a la Secretaría Técnica del Procedimiento Administrativo Disciplinario, para que, en el marco de sus competencias, evalúen los hechos vinculados al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000938-PE-ESSALUD-2026 y se adopten las acciones que correspondan.
Artículo 2.- APROBAR la ampliación del plazo de vigencia de los Planes Directores de Inversiones de ESSALUD 2016-2025, aprobados mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 382-PE-ESSALUD-2016 y cuya vigencia fue prorrogada mediante las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva N° 001377-PE-ESSALUD-2025, N° 000350-PE-ESSALUD-2026 y N° 000938-PE-ESSALUD-2026, correspondientes a las Redes detalladas en el Anexo 2 de la presente Resolución, hasta el 30 de noviembre de 2026.
Artículo 3.- DEJAR SIN EFECTO, respecto de las Redes Asistenciales Apurímac, Huánuco y Tacna, los Planes Directores de Inversiones 2016-2025 aprobados mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 382-PE-ESSALUD-2016 y cuya vigencia fue ampliada mediante las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva N° 001377-PE-ESSALUD-2025, N° 000350-PE-ESSALUD-2026 y N° 000938-PE-ESSALUD-2026.
Artículo 4.- DISPONER que la Gerencia de Programación Multianual y Gestión de Inversiones de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto realice las acciones correspondientes para la difusión de los Planes Directores de Inversiones 2026-2035 aprobados mediante la presente Resolución.
Artículo 5.- DISPONER que los Gerentes o Directores de las Redes Asistenciales comprendidas en el artículo 1 de la presente Resolución adopten, en el ámbito de sus competencias, las acciones que correspondan para la aplicación de los Planes Directores de Inversiones 2026-2035 aprobados mediante la presente Resolución.
Artículo 6.- ENCARGAR a la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto y a los órganos que resulten competentes, en el marco de sus atribuciones, la culminación de las actuaciones necesarias para la elaboración, revisión y validación de los Planes Directores de Inversiones correspondientes a las Redes comprendidas en el Anexo 2 de la presente Resolución, así como para la continuación del trámite de aprobación correspondiente, dentro del plazo establecido en el artículo 2, bajo responsabilidad funcional.
Artículo 7.- DISPONER que los Gerentes o Directores de las Redes Prestacionales y Redes Asistenciales comprendidas en el Anexo 2 de la presente Resolución, adopten, en el ámbito de sus competencias, las acciones necesarias para la elaboración, revisión y validación de sus respectivos Planes Directores de Inversiones, así como para la continuación del trámite de aprobación correspondiente, dentro del plazo establecido en el artículo 2 de la presente Resolución.
Artículo 8.- DISPONER que la Secretaría General, en el marco de sus funciones, remita la presente Resolución a la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones del Seguro Social de Salud, a fin de que, conforme a la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 701-PE-ESSALUD-2015, proceda con su publicación en el Portal Institucional del Seguro Social de Salud.
Artículo 9.- DISPONER la notificación de la presente Resolución a la Gerencia Central de Gestión de las Personas y a la Secretaría Técnica del Procedimiento Administrativo Disciplinario, para que, en el marco de sus competencias, evalúen los hechos vinculados al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000938-PE-ESSALUD-2026 y se adopten las acciones que correspondan.
Esta norma pertenece al compendio Información de planeamiento de inversiones






