Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 956-PE-ESSALUD-2026

16 de julio de 2026

Artículo 1.- ENCARGAR a partir de la fecha, a don JORGE ENRIQUE AMOROS CASTAÑEDA, las funciones inherentes al cargo de dirección de Gerente Central, plaza Nº 7000587X, nivel Ejecutivo 2 de la Gerencia Central de Prestaciones de Salud, en adición a su cargo de Asesor III, plaza Nº 00018516, nivel Ejecutivo 3 de la Presidencia Ejecutiva del Seguro Social de Salud – ESSALUD.

Artículo 2.- La acción de personal conferida mediante el artículo 1 de la presente resolución, no generará ningún desembolso remunerativo adicional al citado servidor.

Artículo 3.- El mencionado servidor deberá presentar su Declaración Jurada de Intereses a través del Sistema de Declaraciones Juradas para la Gestión de Conflictos de Intereses de la Contraloría General de la República dentro de los primeros quince (15) días hábiles siguientes de haber sido notificado con la presente resolución, de conformidad con lo señalado en el numeral 5.1 del artículo 5º de la Ley Nº 31227 y su Reglamento; asimismo, de continuar más de doce (12) meses consecutivos en el cargo y/o si se presentara algún hecho relevante que deba ser informado deberá presentar la citada declaración jurada en el plazo máximo de quince (15) días hábiles subsiguientes.

Artículo 4.- El mencionado servidor deberá presentar su Declaración Jurada de Conflicto de Interés ante la Subgerencia de Gestión de Personal de la Gerencia de Administración de Personal de la Gerencia Central de Gestión de las Personas dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de haber sido notificada la presente resolución; asimismo, deberá presentar igual declaración, cada vez que surja una situación que esté inmerso en un conflicto de interés dentro de los cinco (5) días calendario de producida la misma.

Artículo 5.- El mencionado servidor deberá suscribir el Acta de Compromiso en el que se manifiesta la necesidad e importancia de implementar el Sistema de Control Interno, el mismo que deberá presentar al Comité de Implementación del Sistema de Control Interno de ESSALUD dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha de inicio de su labor, a que se contrae el artículo 1 de la presente resolución.

Artículo 6.- El mencionado servidor deberá presentar, al momento de notificado la presente resolución, su Declaración Jurada sobre prohibiciones e incompatibilidades de conformidad a lo señalado en la Ley Nº 31564 y su reglamento, ante la Subgerencia de Gestión de Personal de la Gerencia Central de Gestión de las Personas como requisito indispensable para el desempeño de sus funciones.

Artículo 7.- TRANSCRIBIR la presente resolución a la Gerencia General, a la Gerencia Central de Gestión de las Personas y al servidor JORGE ENRIQUE AMOROS CASTAÑEDA, para los fines correspondientes.
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