Defensoría del Pueblo recuerda a las autoridades su compromiso con la prevención y prohibición de la tortura y otros malos tratos

Nota de prensa
Con motivo del Día Internacional en Apoyo a las Víctimas de la Tortura, que se conmemora hoy.

26 de junio de 2022 - 7:35 p. m.

En el año 2021, el Ministerio Público identificó un aumento de las denuncias por tortura: 217 durante el 2021 y 98 durante el 2020. Siendo las regiones que presentan mayor cantidad de denuncias, Lima y Apurímac, seguidas de Piura, Junín y Ucayali; sin embargo, teniendo en cuenta que muchos de los casos de tortura y malos tratos no son denunciados por ocurrir en condiciones de clandestinidad, las cifras presentadas por el Ministerio Público no pueden considerarse concluyentes, pero sí como un signo de alerta.

Asimismo, durante el periodo comprendido entre abril de 2021 y marzo de 2022, la Defensoría del Pueblo tramitó un total de 296 quejas por hechos que habrían constituido casos de tortura, penas crueles, tratos inhumanos o degradantes, debiéndose advertir que la entidad más quejada fue el Instituto Nacional Penitenciario (INPE).

Ante esa realidad, la Defensoría del Pueblo recordó que el Estado Peruano tiene el compromiso internacional y nacional, al haber ratificado la Convención Contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de las Naciones Unidas (UNCAT) y por haber incluido  -mediante la Ley n.° 26926, que modifica diversos artículos del Código Penal e incorpora el título referido a los delitos contra la humanidad- la figura de la tortura; de prevenir y combatir la tortura, y otros malos tratos.

Las situaciones de afectación a los derechos a la dignidad, integridad personal y vida constituyen un motivo de especial preocupación para la Defensoría del Pueblo, en su labor como Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, al presentarse estas, de manera reiterada, en lugares de privación de libertad, como establecimientos penitenciarios, dependencias de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) y de la Policía Nacional del Perú (PNP), advirtiéndose un crecimiento de las quejas durante la pandemia por coronavirus.

En esta línea, desde el MNPT de la Defensoría del Pueblo, recordamos a las autoridades del Estado peruano que el derecho a la prohibición absoluta contra la tortura es inderogable, por lo que debe ser garantizado en todo tiempo, lugar y circunstancia. Cabe indicar que un  informe del relator especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes de las Naciones Unidas, del 16 de julio del 2021, precisó lo siguiente: “Los Estados están obligados universalmente a prohibir la tortura y los malos tratos y deben prevenir, investigar, enjuiciar y reparar cualquier acto de esa índole que tenga lugar en su jurisdicción territorial o personal. La tortura y los malos tratos perpetrados, instigados, consentidos o tolerados por agentes del Estado o por personas que ejerzan funciones públicas, incluida la falta de la debida diligencia para impedir tales abusos, o para proporcionar compensación y reparación, constituyen de manera concluyente una violación del derecho internacional”.

Actualmente, el Protocolo Facultativo a la Convención Contra la Tortura (OPCAT) y la Ley n.º 30394, Ley que amplía las funciones de la Defensoría del Pueblo como órgano encargado del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, comprometen al Estado peruano a tomar medidas preventivas para garantizar y resguardar la integridad, dignidad y vida de las personas que tienen restringida su libertad ambulatoria, en espacios que constituyen un mayor riesgo para la comisión de estos actos.