Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 001774-2026-MIDIS/PNCM
26 de junio de 2026
DECLARAR NO HABER MÉRITO PARA SANCIONAR al servidor MARIO JUAN CHECCORI MAMANI, por la presunta comisión del hecho infractor N°02 y la configuración de la falta grave tipificada en el literal q) del artículo 85 de la Ley N°30057, Ley del Servicio Civil, en concordancia con el artículo 100° del Reglamento General de la Ley N°30057, Ley del Servicio Civil, la cual se remite al numeral 2) del artículo 6 de la Ley del Código de Ética de la Función Pública, Ley N°27815, según los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
IMPONER al servidor MARIO JUAN CHECCORI MAMANI, la sanción de DESTITUCIÓN, por la comisión del hecho infractor N°01 y la configuración de la falta grave tipificada en el literal q) del artículo 85 de la Ley N°30057, Ley del Servicio Civil, en concordancia con el artículo 100° del Reglamento General de la Ley N°30057, Ley del Servicio Civil, la cual se remite al numeral 2) del artículo 6 de la Ley del Código de Ética de la Función Pública, Ley N°27815, según los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
IMPONER al servidor MARIO JUAN CHECCORI MAMANI, la sanción de DESTITUCIÓN, por la comisión del hecho infractor N°01 y la configuración de la falta grave tipificada en el literal q) del artículo 85 de la Ley N°30057, Ley del Servicio Civil, en concordancia con el artículo 100° del Reglamento General de la Ley N°30057, Ley del Servicio Civil, la cual se remite al numeral 2) del artículo 6 de la Ley del Código de Ética de la Función Pública, Ley N°27815, según los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
