Resolución Sub Directoral N.° 000113-2026-SDDPCDPC/MC
18 de mayo de 2026
DISPONER, el Inicio de Procedimiento Administrativo Sancionador en contra de la administrada MATILDE GUTIERREZ MAMANI, con DNI N° 43818532, con domicilio real en CC. Pampaccocha, del distrito de Colquepata, provincia de Paucartambo y departamento de Cusco; por la ejecución de obras privadas sin autorización del Ministerio de Cultura, las cuales generaron la alteración del Sitio Arqueológico de Patapata, obras consistentes en: sobre plataforma de anden prehispánico, consistentes en remoción de suelos para cimentación y construcción de una edificación de dos niveles, de concreto, área aproximada de 90.60 m2 por nivel, sin acabados exteriores, ubicada entre las coordenadas referenciales 1) 189165.00E 8501128.00N, 2) 189182.00E 8501126.00N, 3) 189181.00E 8501119.00N, 4) 189176.00E 8501120.00N, 5) 189176.00E 8501122.00N, 6) 189164.00E 8501125.00N; una estructura precaria de calaminas y madera, área aproximada de 8.00 m2 , ubicada entre las coordenadas referenciales UTM WGS 84 19L 189166.00E 8501121.00N y una edificación pequeña de concreto, área aproximada de 6.00 m2 , con cubierta de calamina a un agua, ubicada entre las coordenadas referenciales UTM WGS 84 19L 189175.00E 8501119.00N; configurándose las infracciones establecidas en el literal e) y f), del numeral 49.1 del Art. 49° de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación (literal f) modificado por Decreto Legislativo N° 1255); concordante con lo previsto por el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador a cargo del Ministerio de Cultura, en el marco de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2019-MC, de fecha 24 de abril de 2019, publicado en el diario oficial El Peruano en fecha 25 de abril de 2019.
