Resolución Sub Directoral N.° 000110-2026-SDDPCDPC/MC
18 de mayo de 2026
DISPONER, el Inicio del Procedimiento Administrativo Sancionador en contra del administrado JACSON CORNEJO APAZA, con DNI. 47448764, con domicilio real en la URB. SAN LUIS LARAPITA S/N del distrito de San Jerónimo, provincia y departamento de Cusco (Ficha RENIEC); por la ejecución de obra privada continua en el tiempo NO AUTORIZADA por el Ministerio de Cultura, consistente en la construcción de una vivienda de adobe de un solo piso con techo de calamina a dos aguas, generando ALTERACIÓN de los valores arqueológico, estético y paisajístico del Sitio Arqueológico de Larapa, configurándose las infracciones establecidas en los literales e) y f) del numeral 49.1 del Artículo 49° de la Ley N° 28292, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, modificado por Ley N° 31770, concordante con lo previsto por el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador a cargo del Ministerio de Cultura, en el marco de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo N° 005- 2019-MC, publicado en el diario oficial El Peruano en fecha 25 de abril de 2019.
