Resolución Sub Directoral N.° 000108-2026-SDDPCDPC/MC
15 de mayo de 2026
DISPONER, el Inicio del Procedimiento Administrativo Sancionador en contra del administrado PERCY RICHAR SUMERINDE MENDOZA, con DNI. 42617375, con domicilio real en la AV. 11 DE AGOSTO 117-07 del distrito de Huepetuhe, provincia de Manu y departamento de Madre de Dios (Ficha RENIEC); por la ejecución de obras privadas continuas en el tiempo NO AUTORIZADAS por el Ministerio de Cultura, consistentes en: a) un cerco perimétrico de rollizos de madera y alambre de púas; b) un invernadero de madera y plástico; y, c) un ambiente de triplay, madera y calamina, generando ALTERACIÓN a los valores arquitectónico y estético del Sitio Arqueológico de Larapa, configurándose las infracciones establecidas en los literales e) y f) del numeral 49.1 del Artículo 49° de la Ley N° 28292, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, modificado por Ley N° 31770, concordante con lo previsto por el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador a cargo del Ministerio de Cultura, en el marco de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2019-MC, publicado en el diario oficial El Peruano en fecha 25 de abril de 2019.
