Resolución de Presidencia N.° D000091-2026-CONADIS-PRE
30 de abril de 2026
Artículo 1.- DISPONER la publicación del proyecto denominado “Modelo de Servicio de Cuidado Diurno para Personas con Discapacidad”, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en la Sede Digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – Conadis (www.gob.pe/conadis), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.
Artículo 2.- ESTABLECER un plazo de treinta (30) días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución, para recibir aportes, sugerencias y/o comentarios por parte de las organizaciones de la sociedad civil, de las entidades públicas y privadas, y de las personas naturales interesadas.
Artículo 3.- ENCARGAR que la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia publique el plan de consulta, realice las acciones de difusión, así como la recepción, sistematización y evaluación de los aportes, sugerencias y/o comentarios que se presenten con relación al proyecto de “Modelo de Servicio de Cuidado Diurno para Personas con Discapacidad”.
Artículo 4.- HABILITAR la Mesa de Partes Virtual del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – Conadis, la dirección de correo electrónico: derechodeconsulta@conadisperu.gob.pe, la Plataforma de Consulta Ciudadana en Discapacidad: https://sistemas.conadisperu.gob.pe/dpdnormativos/ y otros canales que se estimen pertinentes para recoger los aportes, sugerencias y/o comentarios de las organizaciones de la sociedad civil, de las entidades públicas y privadas, y de las personas naturales interesadas.
Artículo 2.- ESTABLECER un plazo de treinta (30) días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución, para recibir aportes, sugerencias y/o comentarios por parte de las organizaciones de la sociedad civil, de las entidades públicas y privadas, y de las personas naturales interesadas.
Artículo 3.- ENCARGAR que la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia publique el plan de consulta, realice las acciones de difusión, así como la recepción, sistematización y evaluación de los aportes, sugerencias y/o comentarios que se presenten con relación al proyecto de “Modelo de Servicio de Cuidado Diurno para Personas con Discapacidad”.
Artículo 4.- HABILITAR la Mesa de Partes Virtual del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – Conadis, la dirección de correo electrónico: derechodeconsulta@conadisperu.gob.pe, la Plataforma de Consulta Ciudadana en Discapacidad: https://sistemas.conadisperu.gob.pe/dpdnormativos/ y otros canales que se estimen pertinentes para recoger los aportes, sugerencias y/o comentarios de las organizaciones de la sociedad civil, de las entidades públicas y privadas, y de las personas naturales interesadas.

