Resolución de Administración N.° D000025-2026-CONADIS-OAD
27 de febrero de 2026
Artículo 1.- AUTORIZAR el otorgamiento de Fondo Bajo la Modalidad de “Encargo Interno” por un monto total de S/ 36,395.00 (TREINTA Y SEIS TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO 00/100 SOLES)”; para atender el pago de matrícula, mensualidades y otros gastos del servicio educativo correspondientes de marzo a diciembre, de tres (03) residentes del CAR San Francisco de Asís, un (01) residente del CAR Matilde Pérez Palacio y cuatro (04) residentes del CAR Esperanza de la Dirección de Prevención y Protección Integral -DPPI para el año lectivo 2026, en merito a lo justificado en la parte considerativa de la presente Resolución; con cargo al Presupuesto Institucional del Ejercicio 2026; fuente de financiamiento: Recursos Ordinarios; en los clasificadores de gastos que se detallan en el artículo 2 de la presente; en cumplimiento de los objetivos y metas de la citada Dirección de Línea.
Artículo 2.- DESIGNAR como “responsable del Fondo de Encargo Interno” a la Sra. CAÑOLA SALDARRIAGA ANA MARIA, identificada con DNI N°41280399 con el cargo de Administradora del CAR San Francisco de Asís, a la Sra. CHAVEZ ENRIQUE SARA PATRICIA, identificada con DNI N°46896930 con el cargo de Trabajadora Social del CAR Matilde Pérez Palacio y la Sra. APAESTEGUI VELASQUEZ JACQUELINE MADELEINE, identificada con DNI N°09051696 con el cargo de Psicóloga del CAR Esperanza, conforme al detalle siguiente:
Artículo 3.- DISPONER que el “Encargo Interno” sea rendido dentro del plazo de tres (03) días hábiles después de concluida la actividad, que es materia del presente “Encargo Interno”, y está sujeto a lo establecido por las normas pertinentes de la Directiva de Tesorería para el presente año fiscal.
Artículo 4.- PRECISAR, que todo gasto debe ser sustentado de conformidad con lo señalado en la Resolución de Superintendencia de Administración Tributaria Nº 007- 99/SUNAT - Reglamento de Comprobantes de Pago, y sus modificatorias/ complementarias, tales como Facturas, Boletas de Venta y otros como la Declaración Jurada en aplicación al artículo 71º de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15. y modificatorias/ complementarias.
Artículo 5.- ENCARGAR, al responsable que tiene a cargo la ejecución del Encargo Interno, a verificar si es que corresponde, que los proveedores se encuentren inscritos en el Registro Único de Contribuyentes - RUC presentando su condición de ACTIVO ante la SUNAT; en tal sentido, consultará la autenticidad de los datos consignados en los comprobantes de pago, en la página Web www.sunat.gob.pe, para lo cual utilizará los medios idóneos a su alcance, siendo responsable si por efecto de acciones de control se detecten a proveedores que no se encuentren autorizados a emitir los citados Comprobantes de Pago.
Artículo 6.- ENCARGAR, al responsable designado/a que tiene a cargo la gestión del Encargo Interno, a ejecutar el sistema de retenciones y/o detracciones, de corresponder, en las operaciones de adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios, de acuerdo a la normativa vigente aplicable.
Artículo 7.- AUTORIZAR, a la Unidad de Contabilidad y Tesorería gestione el trámite de devengado y girado del encargo de acuerdo a lo señalado en la presente resolución.
Artículo 8.- NOTIFICAR, la presente Resolución a la Dirección de Prevención y Protección Integral -DPPI, a la Unidad de Contabilidad y Tesorería para conocimiento y fines correspondientes.
Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS (https://www.conadisperu.gob.pe/ ).
Artículo 2.- DESIGNAR como “responsable del Fondo de Encargo Interno” a la Sra. CAÑOLA SALDARRIAGA ANA MARIA, identificada con DNI N°41280399 con el cargo de Administradora del CAR San Francisco de Asís, a la Sra. CHAVEZ ENRIQUE SARA PATRICIA, identificada con DNI N°46896930 con el cargo de Trabajadora Social del CAR Matilde Pérez Palacio y la Sra. APAESTEGUI VELASQUEZ JACQUELINE MADELEINE, identificada con DNI N°09051696 con el cargo de Psicóloga del CAR Esperanza, conforme al detalle siguiente:
Artículo 3.- DISPONER que el “Encargo Interno” sea rendido dentro del plazo de tres (03) días hábiles después de concluida la actividad, que es materia del presente “Encargo Interno”, y está sujeto a lo establecido por las normas pertinentes de la Directiva de Tesorería para el presente año fiscal.
Artículo 4.- PRECISAR, que todo gasto debe ser sustentado de conformidad con lo señalado en la Resolución de Superintendencia de Administración Tributaria Nº 007- 99/SUNAT - Reglamento de Comprobantes de Pago, y sus modificatorias/ complementarias, tales como Facturas, Boletas de Venta y otros como la Declaración Jurada en aplicación al artículo 71º de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15. y modificatorias/ complementarias.
Artículo 5.- ENCARGAR, al responsable que tiene a cargo la ejecución del Encargo Interno, a verificar si es que corresponde, que los proveedores se encuentren inscritos en el Registro Único de Contribuyentes - RUC presentando su condición de ACTIVO ante la SUNAT; en tal sentido, consultará la autenticidad de los datos consignados en los comprobantes de pago, en la página Web www.sunat.gob.pe, para lo cual utilizará los medios idóneos a su alcance, siendo responsable si por efecto de acciones de control se detecten a proveedores que no se encuentren autorizados a emitir los citados Comprobantes de Pago.
Artículo 6.- ENCARGAR, al responsable designado/a que tiene a cargo la gestión del Encargo Interno, a ejecutar el sistema de retenciones y/o detracciones, de corresponder, en las operaciones de adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios, de acuerdo a la normativa vigente aplicable.
Artículo 7.- AUTORIZAR, a la Unidad de Contabilidad y Tesorería gestione el trámite de devengado y girado del encargo de acuerdo a lo señalado en la presente resolución.
Artículo 8.- NOTIFICAR, la presente Resolución a la Dirección de Prevención y Protección Integral -DPPI, a la Unidad de Contabilidad y Tesorería para conocimiento y fines correspondientes.
Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS (https://www.conadisperu.gob.pe/ ).
