MINJUSDH exhorta a la ciudadanía a verificar políticas de privacidad en aplicativos móviles

Nota de prensa
Hace estas recomendaciones ante denuncias sobre el supuesto uso ilegal de datos personales que estarían haciendo transportistas informales de motos lineales.

18 de noviembre de 2019 - 6:42 a. m.

La Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (APDP) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) recordó a las ciudadanas y ciudadanos que, antes de usar un aplicativo móvil (app), se informen sobre el manejo de datos personales que realizan las entidades que los solicitan y almacenan.

Agregó que esa información se consigue a través de las políticas de privacidad (términos y condiciones) que exhiben estos aplicativos, páginas web o documentos impresos.

La APDP emitió estas recomendaciones ante recientes noticias sobre el supuesto uso ilegal de datos personales que estarían haciendo transportistas informales de motos lineales, a través de app que los contactan con personas interesadas en sus servicios.

Sugirió al público usuario que verifique si se trata de empresas legalmente constituidas y advirtió que, si la app no cuenta con información sobre esta materia, no debe usarse, evitando así riesgos que puedan afectar su intimidad e integridad.

La autoridad precisó que los aplicativos móviles tienen en la actualidad una utilidad práctica indiscutible porque contactan a ofertantes de servicios o bienes con personas que las requieren; y agregó que a través de ellas se suministran –y, por tanto, recolectan– datos personales como nombres, ubicación, imágenes, número de teléfono, número de tarjetas de crédito, entre otros.

En ese sentido, refirió que brindar nuestros datos debe ser un acto consciente y que las entidades que los recolectan deben hacerlo porque cuentan con amparo legal o con nuestro consentimiento.

Advirtió que si no existen estas políticas y/o documentos, puede ocurrir que la empresa o entidad esté actuando fuera de la ley (desarrollando actividades informales o hasta ilícitas), o porque, siendo una empresa formal, está omitiendo una de las exigencias de la Ley de Protección de Datos Personales, Ley 29733, referida al deber de informar (artículo 18, ver: https://www.gob.pe/institucion/minjus/informes-publicaciones/353793-guia-practica-para-la-observancia-del-deber-de-informar).

La APDP afirmó que esto último –la omisión de lo que exige la Ley– constituye una infracción que es materia de su competencia. Refirió, además, que las autoridades competentes, en general, deben procurar centrarse en combatir la actividad ilícita, antes que el medio tecnológico empleado. Y los ciudadanos, anotó, deben ser los primeros protectores de sus datos personales y actuar con responsabilidad cuando los comparten con otros y, sobre todo, en un entorno digital.

Si los usuarios requieren más información sobre cómo proteger sus datos personales, pueden escribir al correo protegetusdatos@minjus.gob.pe o llamar a la línea gratuita 2048020, anexo 1030.