Procurador General del Estado presenta demanda de amparo en el caso Abimael Guzmán Reinoso

Nota de prensa
Daniel Soria Luján pide que el cuerpo del cabecilla terrorista no sea entregado a la familia y se disponga su cremación.

Fotos: PGE

15 de setiembre de 2021 - 12:03 p. m.

Con el fin de salvaguardar el derecho a la paz de todos los peruanos y evitar que las víctimas del terrorismo sean “revictimizadas”, el Procurador General del Estado, Daniel Soria Luján, presentó una demanda de amparo ante el juez o jueza de turno especializada en lo constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima. La demanda pide que el juez ordene a la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao que se abstenga de entregar los restos del fallecido Manuel Rubén Abimael Guzmán Reinoso a sus familiares y a la vez se disponga su cremación y su ulterior traslado de forma reservada a un cinerario público común, en resguardo del orden constitucional. 

Según se señala en la demanda de amparo, hay amenaza de violación de los derechos colectivos o difusos a la paz y tranquilidad (Artículo 2° numeral 22 de la Constitución), y el derecho a la protección judicial (Artículo 25° de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos-CADH) de las víctimas del período de violencia (1980-2000).

El procurador General del Estado argumenta que la función de protección de todos los derechos fundamentales constituye una obligación de todo el aparato estatal “quienes tenemos un rol de velar por estos intereses, en atención a la dimensión objetiva de los derechos fundamentales”. 

Soria Luján agrega que: “No debemos olvidar el rol que cumplen los Procuradores públicos dentro del Estado Constitucional, pues, al contrario a lo que muchos puedan sostener, su función se encuentra orientadas no solo a defender los intereses institucionales, sino también a coadyuvar en el rol que tiene el Estado en la tutela y protección de los derechos fundamentales”.

La demanda de amparo indica además que “resulta constitucionalmente válido restringir la entrega de cadáveres a familiares de personas que en vida hayan sido condenadas por graves delitos de terrorismo, en aquellos casos, donde exista un riesgo real de que su tumba pueda constituir un lugar de culto que reivindique sus actos o sus ideologías…”.

Asimismo, se señala que la entrega del cadáver del cabecilla del grupo terrorista Sendero Luminoso supone un riesgo real objetivo a la paz y tranquilidad de todos los peruanos y peruanas… pues su tumba podría ser utilizada como un lugar para exaltar y enaltecer sus crímenes, en la medida que representa el personaje más significativo de dicha distorsionada ideología, que despreciaba la vida de las personas con tal de obtener poder a todo costo; situación que debe ser tuteladas por la justicia constitucional”.