Obtener licencia de abastecimiento de combustible

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Si eres una persona natural o jurídica y quieres brindar el servicio de abastecimiento de combustible a naves que se encuentren en la zona portuaria, debes solicitar la autorización correspondiente ante la Autoridad Portuaria Nacional mediante el componente portuario de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE).

Con este permiso podrás abastecer de combustible mediante tuberías fijas desde tierra, embarcaciones o unidades de transporte terrestre diseñadas y autorizadas para el transporte de combustible líquido, usando bombas, tuberías y/o mangas diseñadas para tal fin.

Requirements

Requisitos para Personas Jurídicas y Personas Naturales:

  • Solicitud electrónica vía VUCE.
  • Usuario Sol Secundario en el sistema SOL (Sunat Operaciones en Línea) a nombre del representante legal de tu empresa.
  • Copia simple de Licencia Municipal de Funcionamiento de la empresa otorgada por la Municipalidad de la localidad en que se prestará el servicio.
  • Cuando el servicio sea prestado con embarcaciones, deberán adjuntar los siguientes documentos (servicios de bahía):
    • Copia del certificado de dotación mínima de seguridad, según corresponda.
    • Copia del certificado de matrícula vigente.
    • Copia de certificación de seguridad vigente.
    • Información de las características técnicas de las naves.
    • Acreditar posesión de la embarcación en caso corresponda (solo en caso la embarcación sea propiedad de un tercero).
  • Copias simples de la póliza de seguro correspondiente (obligatorio cuando el servicio sea prestado con embarcaciones en bahía).
    • Seguro de responsabilidad civil y contra terceras personas o seguro P&I.
    • Seguro de contaminación.

Toma en cuenta que las pólizas deben asegurar a la embarcación a emplear y establecer, como parte del rubro de la actividad, el abastecimiento de combustible en zonas portuarias.

Cuando el servicio sea prestado con Unidades de Transporte Terrestre (solo muelle):

  • Declaración Jurada en el formulario electrónico de VUCE.

Si eres Persona Jurídica, deberás indicar los siguientes datos registrales (no se requiere documentación en físico):

  • Número de partida electrónica.
  • Número de asiento, donde se registre objeto social (debe contemplar servicio de abastecimiento de combustible).
  • Número de asiento, donde se registre designación del representante legal.

El pago por derecho de tramitación tanto para personas naturales o jurídicas es de:

  • Fluvial: S/ 1,204.87 .
  • Marítimo: S/ 1,874.05 .

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber:

Entra a la VUCE con el Usuario Sol Secundario e ingresa los datos solicitados en el formulario. Adjunta los requisitos solicitados por la plataforma y envía tu solicitud.

La plataforma generará un Comprobante de Pago Bancario (CPB) para que puedas realizar el pago en un plazo de 03 días hábiles desde la transmisión a través de la pasarela de pagos de Sunat o en cualquier banca privada.

La Solicitud Única de Comercio Exterior (SUCE) será atendida dentro de un plazo de 15 días hábiles por la Entidad y serás notificado en tu buzón electrónico. Si fuera necesario que realices una subsanación, te notificarán en el mismo buzón.

Ingresa a la VUCE

Si tienes dudas o algún incidente puedes comunicarte al correo vuceayuda@mincetur.gob.pe o a los teléfonos 2071510 y 7134646.