Obtener y renovar la condición de Pequeño Productor Minero o Productor Minero Artesanal

Pérdida de condición de PPM o PMA

Debe tener en cuenta que perderá su condición de Pequeño Productor Minero (PPM), automáticamente, si:

  • Supero los limites de extensión de dos mil (2000) hectáreas entre denuncios, petitorios y concesiones mineras, y capacidad instalada de producción y/o beneficio no mayor de trescientas cincuenta (350) toneladas por día.
  • Por vencimiento del plazo (2 años) sin haber solicitado la renovación.
  • Por la calificación de productor minero artesanal.
  • Por transferencia o extinción de todos sus derechos mineros.
  • Por el otorgamiento del Certificado de operación Minera-COM ,de una concesión de beneficio, o de cualquier otro permiso, autorización o licencia que permita la realización de alguna de las actividades mineras referidas en el articulo VI del titulo Preliminar del TUO de la Ley General de Minería, que determine que la actividad minera a ser realizada por el PPM excede los limites de producción y/o beneficio permitidos por el articulo 91° del TUO de la Ley General de Minería.

Debe tener en cuenta que perderá su condición de Productor Minero Artesanal (PMA), automáticamente, si:

  • Superó los limites de extensión de 1000 hectáreas entre denuncios, petitorios y concesiones mineras y capacidad instalada de producción de 25 toneladas métricas por día.
  • Por vencimiento del plazo sin haber solicitado la renovación.
  • Por la obtención de la calificación de pequeño productor minero.
  • Por transferencia o extinción de todos sus derechos mineros.
  • Por haber otorgado sus derechos en cesión, haberlos aportado al patrimonio de una contrato de riesgo compartido o celebrado cualquier otro contrato minero o de otra naturaleza mediante el cual el PMA deje de realizar actividad minera como medio de sustento.
  • Por poseer por cualquier título denuncios, petitorios, concesiones mineras o demás derechos mineros en provincia distinta a la que figura en su Declaración Jurada Bienal, al amparo de la cual acredito la condición de PMA.
  • Por resolución del acuerdo o contrato de explotación.